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AFIP: extienden las facilidades para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales

Los contribuyentes podrán acceder a cuotas para pagar sus obligaciones tributarias. 

AFIP: extienden las facilidades para regularizar deudas de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a extender las facilidades para regularizar deudas generadas por los impuestos de Ganancias y Bienes Personales. De esta forma, continuarán vigentes hasta, por lo menos, el 31 de enero del año que viene. La medida fue anunciada mediante la Resolución General 5109/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Los contribuyentes seguirán teniendo la posibilidad de solicitar la cancelación de sus obligaciones tributarias en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionados por el perfil de riesgo en el que se encuentren incluidos.

El beneficio establece que hasta esa fecha no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) al momento de tramitar planes para estar al día con ambos gravámenes para el período fiscal correspondiente al 2020.

La nueva prórroga, firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y solamente excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E. Este régimen de facilidades fue impulsado por primera vez en mayo de 2017 con el objetivo de fomentar el pago del saldo resultante de la declaración jurada junto con los intereses resarcitorios y las multas que pudieran corresponder.

En abril pasado, el organismo anunció mejores condiciones de pago y cuotas para que aquellos sujetos comprendidos en dicho régimen puedan acceder a la regularización de sus obligaciones, sin considerar la categoría del SIPER en la que se encuentren incluidos. Ese sistema es un método informático de calificación utilizado por el ente recaudado que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

La decisión de no tener en cuenta esta clasificación apunta a “coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables” y forma parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del coronavirus, según aseguró el propio organismo.

En un primer momento, el beneficio regía hasta fines de septiembre último, pero luego se prorrogó hasta el 30 de noviembre y ahora se volvió a extender “hasta el 31 de enero de 2022, inclusive”.

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