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AFIP prorroga el plazo para registrar los contratos de alquiler de inmuebles

Abarcará tanto contratos de locación urbanos, rurales, temporales, sublocaciones, subarriendos como de locaciones de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o stands en supermercados o shoppings.

AFIP prorroga el plazo para registrar los contratos de alquiler de inmuebles

Luego de que el pasado jueves venciera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó la decisión de prorrogar hasta el 31 de mayo, inclusive, el plazo para registrar los contratos de alquiler de inmuebles celebrados entre el 1° de julio de 2020 y el 15 de mayo de 2021, que continúen vigentes.

Según informó la entidad a través de un comunicado, las fechas son para a los contratos de locación urbanos, rurales, temporales así como también las sublocaciones y los subarriendos.

De esta forma, los contratos celebrados después del 15 de mayo de 2021 deberán registrarse en la web de la AFIP dentro de los 15 días corridos posteriores. El plazo para informar estas operaciones rige tanto para cuando se suscriba un nuevo contrato de locación o arrendamiento como para cuando se modifique uno ya existente.

Además, esta decisión también extiende el plazo para registrar los contratos de locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -ya sean estas exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles como locales comerciales y/o stands en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras.