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ANMAT prohibió la venta de dos marcas de alcohol en gel y una de alcohol etílico

Además la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica lo publicó en el Boletín Oficial de este jueves. 

ANMAT prohibió la venta de dos marcas de alcohol en gel y una de alcohol etílico

La Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica prohibió este jueves la comercialización de dos marcas de alcohol en gel y una de alcohol etílico, dos de los insumos básicos para hacerle frente a la pandemia de coronavirus. 

Además, en otras disposiciones publicadas también este jueves en el Boletín Oficial, la entidad vetó otros productos médicos y un aceite de oliva.

La Disposición 4113/2020 fijó la prohibición del "uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, de todos los lotes y todas las presentaciones y contenidos netos, de los productos rotulados como EL COLOSO Alcohol etílico 96º y EL COLOSO Alcohol en gel".

"La empresa DESCARTABLES CAROMAR S.A. reportó, a través del formulario de Cosmetovigilancia, que detectó la comercialización por la web de un producto cosmético ilegal usurpando su marca comercial y que dicho producto fue anunciado en el portal Marktplace de Facebook como alcohol en gel con el siguiente rótulo identificatorio: EL COLOSO Alcohol etílico 96º, cuya consistencia es gel", señaló el organismo. 

"La Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud informó que la referida empresa resulta ser titular de diversos productos cosméticos de la marca EL COLOSO, sin embargo no existe ningún producto inscripto como alcohol en gel ni alcohol etílico que responda a esos datos identificatorios", en consecuencia "se trata de un producto ilegítimo".

"Declara datos no veraces en su rotulado y que se desconoce su efectivo origen y composición, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo alto para la salud de la población teniendo en cuenta el contexto actual de uso de este tipo de productos destinado a la higiene y sanitización de manos", explicaron. 

Por otra parte, la Disposición 4119/2020 determinó la prohibición del "uso y la comercialización en todo el territorio nacional, de todos los lotes, en todas sus presentaciones y contenidos netos del producto rotulado como: ATOMO alcohol en gel- Ind. Argentina- Resol. Nº 337/92- Nº de Registro sanitario A.N.C.A.P.: 225/1381".

La investigación en este caso se inició cuando se descubrió la venta de este alcohol en gel a través de la plataforma Mercado Libre. Ese alcohol en gel hace uso de la marca registrada Átomo "sin autorización, ni permiso, ni solicitud o pedido por parte de LABORATORIOS IMVI S.A.". Además, se constató que "en el rotulado del producto se declaran datos falsos sobre el registro sanitario".

La investigación derivó en una denuncia, de la cual tomó intervención del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 1 de San Isidro, que realizó una serie de allanamientos. En los cuales, según se informó, se secuestró gran cantidad de productos, envases y etiquetas relacionadas con el producto en cuestión, entre otros.

En consecuencia, se marcó que "la situación resulta un riesgo para la salud de la población más aún teniendo en cuenta el contexto actual y en el que se requiere el uso de este tipo de productos destinados a la higiene y sanitización de manos".

Por otra parte, la Disposición 4118/2020 estableció la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: "Eph 50 lose weight, DietarySuplement, 90 Caps, KN Nutrition, Eph 50 lose weight, DietarySuplement, 60 Caps, KN Nutrtion y Eph 100 lose weight, DietarySuplement, 60 Caps, KN Nutrition".

Entre los considerandos se destacó que un consumidor denunció que el producto "KN Nutrition, Eph 50 lose weight, Dietary Suplement, 90 Caps" le habría causado temblores, temperatura elevada y taquicardia.

Así, se explicó que, en una inspección al establecimiento denominado CLUB DEL SUPLEMENTO, "el dueño manifiesta que no vende ni vendió productos con la marca KN Nutrition", por lo que se le solicitó que de inmediato se elimine toda publicación relacionada a productos de esa marca en internet. 

Por último la Disposición 4112/2020 determinó la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como: Aceite de Oliva Los Olivos, Establecimiento N° 13431962, Provincia de la Rioja, RNE 2212-164394-29, RNPA 2212-6112-44".

En las razones expuestas se afirmó que, ante la consulta de un consumidor acerca del producto, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos dependiente del Instituto Nacional de Alimentos verificó que el RNE y el RNPA "eran inexistentes".
Además, se constató que "el domicilio indicado era inexistente, que en la numeración se encontraba un local cerrado con persianas metálicas ciegas color negro y que en el lindero de numeración se hallaba una gomería, donde quien los atendió manifestó que el local cerrado era un depósito".

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