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Boletín oficial: el Gobierno restituyó el programa de protección a testigos

A partir de lo dispuesto desde el Decreto 168/2020, se derogó el decreto que durante la administración de Mauricio Macri dispuso la creación de la Agencia en cuestión. 

Boletín oficial: el Gobierno restituyó el programa de protección a testigos
Se dispuso que se restituya “la vigencia de la Ley N°25.764"

En una semana marcada por la contraposición en la lectura que la actual administración hace sobre el rol de la Justicia por sobre la de su predecesora, el Gobierno nacional derogó el decreto que durante la gestión de Mauricio Macri creó la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados. 

El mismo había sido firmado por el ex mandatario de Cambiemos a pocos días de dejar el poder, en tanto que con esta medida queda restituido el programa nacional anterior, bajo la órbita del Ministerio de Justicia.

Así se dispuso a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) número 168 del vigente año, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández y todo su gabinete de ministros.

Leonardo Fariña, un ex testigo de alto impacto mediático

El Ejecutivo recordó que la Cámara Federal de Casación Penal había expresado “su preocupación” por el decreto 795 firmado por Macri el 28 de noviembre de 2019 “'por la compatibilidad de su aplicación en relación a las atribuciones constitucionales y legales” que tiene ese cuerpo.

Por esa disposición del gobierno de Cambiemos, el sistema contemplado en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, había sido transformado en una nueva dependencia, con estatus de agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo.

El ex ministro de Justicia Garavano junto al ex mandatario Macri

“No se observan elementos objetivos que fundamenten las razones de necesidad y urgencia que conllevan el dictado de dicha herramienta constitucional, máxime cuando el funcionamiento del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados se mantuvo sin variación durante más de 16 años, hasta días antes de la finalización del mandato del gobierno anterior”, argumenta el texto. 

De esta manera, el Gobierno derogó el decreto 795/2019 y, al mismo tiempo, dispuso que se restituya “la vigencia de la Ley N°25.764 en su redacción al momento del dictado de la norma”.

El programa de protección a testigos

El sistema está dirigido a testigos e imputados (colaboradores de justicia o arrepentidos) que hubieren realizado un aporte trascendente a una investigación judicial de competencia federal (como lo son el narcotráfico, el secuestro extorsivo, el terrorismo, los delitos de lesa humanidad cometidos entre 1976 y 1983, y la trata de personas) y que, como consecuencia de él, se encuentren en riesgo.

Funciona desde el 2003 y para entrar en él es necesario el pedido de la autoridad judicial que recibió la declaración, luego del análisis de trascendencia, debiendo ser acompañada por la opinión del representante del Ministerio Público. A la vez, requiere la conformidad del Directo.

Las medidas de protección pueden ser, entre otras:

  • Custodia personal o domiciliaria.
  • Alojamiento transitorio en lugares reservados
  • Cambio de domicilio.
  • Ayuda económica por no más de seis meses.
  • Asistencia para la reinserción laboral.
  • El suministro de documentación que acredite identidad a nombre supuesto.
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