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El Banco Central giró US$300 millones al Tesoro para el pago de deuda

La medida se formalizó en el Boletín Oficial desde una Resolución conjunta emitida por las Secretarías de Finanzas y de Hacienda.

El Banco Central giró US$300 millones al Tesoro para el pago de deuda
La emisión se encuentra dentro de lo permitido por ley

En sintonía a una batería de medidas oficializadas en el día de hoy, el Gobierno dispuso emitir una Letra del Tesoro Nacional por más de 1.300 millones de dólares, que serán giradas por el Banco Central, con un plazo de diez años. 

La medida se formalizó por medio de una resolución conjunta de las Secretarías de Finanzas y de Hacienda, publicada en el Boletín Oficial.

La decisión se vincula con que la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva autoriza a la Casa Rosada a usar reservas del Banco Central (BCRA) para pagar deuda.

Martín Guzmán, ministro de Economía de la Nación

Específicamente, el artículo 61 de la Ley 27.541 autoriza al Gobierno Nacional a emitir Letras denominadas en dólares estadounidenses por un monto de 4.571.000.000 millones, a diez años de plazo.

En este sentido, la Resolución plantea: “Disponer la emisión de Letras del Tesoro Nacional en Dólares Estadounidenses Art. 61 Ley 27.541", a ser suscripta por el Banco Central de la República Argentina, por hasta un monto de dólares estadounidenses 1.326.575.829 millones”. 

Estas Letras tienen como fecha de emisión el 30 de diciembre de 2019 y de vencimiento, el mismo día del año 2029. 

A su vez se precisa que la forma de colocación es suscripción directa "al precio técnico de la fecha de suscripción" y la amortización, íntegra al vencimiento.

Además, devengará intereses, pagaderos semestralmente, en función de la tasa de interés que devenguen las reservas internacionales del Banco Central para el mismo período y hasta un máximo de la tasa LIBOR anual menos un punto porcentual, aplicada sobre el monto de capital efectivamente suscrito.

En consecuencia, las autoridades considerar pertinente “la cancelación de los servicios de deudas denominadas en moneda extranjera, mediante la utilización de reservas en el marco de lo establecido en el Título IX de la citada ley, entregando como contraprestación al Banco Central, Letras del Tesoro emitidas en dólares estadounidenses”. 

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