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Hot Sale: multan a dos empresas por vender como "oferta" productos sin descuento

Mercado Libre y Suavestar deberán pagar $2 millones cada una por incluir en las ofertas productos a precios idénticos a los existentes previamente. 

Hot Sale: multan a dos empresas por vender como "oferta" productos sin descuento
Hot Sale: multan a dos empresas por ofertas "truchas"

La Secretaría de Comercio Interior sancionó a las empresas Mercado Libre y Suavestar por $2 millones a cada una, debido a que habrían incluido productos a precios idénticos a los existentes previamente en las ofertas del Hot Sale. Aunque lo cierto es que en Mercado Libre los vendedores, es decir los propietarios de los productos, son los responsables de decidir los descuentos para participar del mega evento virtual. 

En tanto, otra docena de empresas fueron sancionadas por montos de entre 1 y 1,5 millones de pesos por entender que no cumplieron los acuerdos homologados en las audiencias de conciliación con consumidores. Entre ellas fueron sancionadas las empresas FCA S.A, Omint SA, Wenance SA, Plan Ovalo SA, Edesur SA, Prevención Salud SA, Cencosud S.A., Frávega SACI y Metlife Seguros de Vida SA por $1 millón cada una, y Assurant Argentina Compañía de Seguros SA por $1,5 millones. 

A través de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores (SSDAC), se detectaron infracciones en ofertas promocionadas como exclusivas para ventas online durante el Hot Sale, ya que, en determinados productos, no hubo ninguna condición única o novedosa en el marco de la campaña comercial.

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó hoy que, si bien en el sitio del evento de la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE) se anunciaba que las ofertas de esos días de julio contenían descuentos exclusivos, ambas empresas publicaron productos de la categoría “almohadas”, con los mismos precios y descuentos que en los días anteriores.
"Con estas prácticas abusivas, se considera que Mercado Libre y Suavestar indujeron a las y los consumidores a un error, engaño o confusión sobre los precios o condiciones promocionales", afirmó la Secretaría.

En ese mismo sentido se destacó que "estas acciones lesionan los derechos de los consumidores a obtener, por parte de los proveedores, información cierta, clara y detallada sobre las condiciones de comercialización de los productos publicados, tal como lo establece el artículo 4° de la Ley 24.240". 

Según la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo (DNDCyAC), las penalidades a estas compañías fueron impuestas por infracción al artículo 46° de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) por incumplir con los acuerdos celebrados y homologados en las audiencias conciliatorias de COPREC.

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