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La AFIP aumentó 10% el recargo para las compras en el exterior con tarjeta de crédito

La AFIP elevó de 35% a 45% la retención impositiva para quienes hagan gastos en moneda extranjera.

La AFIP aumentó 10% el recargo para las compras en el exterior con tarjeta de crédito
Administración Federal de Ingresos Públicos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos elevó del 35% al 45% la retención impositiva para los gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito. De esta manera, el Gobierno sigue en la senda de intensificar las restricciones cambiarias para la divisa estadounidense.

La modificación comenzará a regir a partir de las 12 de la noche del jueves 14 de julio y todas las operaciones en "dólar turista" pasarán a tener una percepción más alta a cuenta de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales.

El otro impuesto que recae sobre este tipo de dólar es el impuesto PAIS que seguirá manteniendo la alícuota del 30%. De este modo, las operaciones con divisa extranjera pasarán a tener un recargo del 75% en relación con el dólar oficial. 

Por otro lado, no habrá modificaciones en la carga impositiva del “dólar ahorro”, la compra de moneda extranjera para atesoramiento de las personas físicas que tiene un tope mensual de USD 200. En ese caso, la carga impositiva continuará en el orden del 65%.

De esta forma, el "dólar ahorro" seguirá siendo -en base a la cotización de cierre de este miércoles - de $ 223 (el precio del dólar oficial más el recargo de 30% del impuesto PAÍS y el anticipo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35%). Mientras que el "dólar turista" sería de $ 237,85.

Según un comunicado oficial, la AFIP decidió instrumentar “medidas tendientes a robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”.

“La Resolución General 5232 adecúa la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%”, señaló el comunicado.

En el caso que las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado. Asimismo, quienes realicen operaciones en moneda extranjera pero que no estén alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción. De esta forma, las percepciones realizadas desde mañana hasta el fin de este año serán devueltas durante 2023.

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