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La Corte Suprema falló a favor de la Ley de Glaciares

La minera Barrick Gold y el gobierno de San Juan habían apelado al máximo tribunal, pero éste falló en su contra.

La Corte Suprema falló a favor de la Ley de Glaciares
La Corte Suprema ratificó la constitucionalidad de la Ley de Glaciares (Foto: NA)

Como se esperaba, la Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo realizado por la empresa minera Barrick Gold, fallando a favor de la Ley de Glaciares.

Se trata de la Ley 26.639 de Protección de Glaciares que, entre otras cosas, pone límites a la actividad minera en Argentina y fue fuertemente cuestionada por la firma mencionada, así como también por el gobierno de la provincia de San Juan.

En tiempos en que en nuestro país existen alrededor de unos 40 proyectos mineros, el máximo tribunal ratificó la constitucionalidad de esta norma. 

En su momento, los demandantes (Barrick Exploraciones Argentinas S.A, Exploraciones Mineras Argentinas S.A y Minera Argentina Gold S.A) consideraban que el Congreso había avanzado sobre la jurisdicción de las provincias en lo que se refiere a los recursos naturales.

Los argumentos de los jueces

  • Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti consideraron que Barrick Gold y Minera Argentina Gold no lograron demostrar que esta Ley les generase algún tipo de daño en su derecho de explotación minera, tampoco así el gobierno de San Juan.
    También destacaron que la protección de los glaciares es una tarea política que deben cumplir conjuntamente el Estado Nacional y las provincias.
    Por otro lado, destacaron "la importancia de evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, incluidos los fenómenos meteorológicos extremos y los fenómenos de evolución lenta, y la contribución del desarrollo sostenible a la reducción del riesgo de pérdidas y daños".
  • El presidente de la Corte, Carlos Rosenkratz votó en el mismo sentido apuntando que los demandantes no habían probado actividad administrativa alguna de parte de las autoridades nacionales con concreción bastante que afecte de un modo suficientemente directo un interés legítimo suyo.
  • En tanto, la magistrada Elena Highton de Nolasco opinó que el Inventario Nacional de Glaciares no comprendía los emprendimientos mineros en ejecución y que no se encontraban alcanzados por las prohibiciones cuestionadas. Agregó que se había planteado un ""caso judicial" porque no entorpecía "el normal funcionamiento de su actividad minera".