Este miércoles por la mañana el Gobierno nacional habilitó a siete comunas de la Provincia de Buenos Aires y a la provincia de Mendoza a liberar varias actividades en sus respectivos territorios.
A través de las decisiones administrativas 903/2020 y 904/2020 publicadas en el Boletín Oficial, se autorizan nuevos rubros, a saber:
Podrán funcionar los establecimientos dedicados a la recuperación de materiales, recicladores del Ceamse, venta al por menor de juguetes y venta al por menor de artículos de esparcimiento y deporte, así como también la parte administrativa de las mutuales de salud, obras sociales y clubes deportivos.
Se liberan fábricas automotrices y de autopartes, de plásticos y subproductos; metalúrgica, maquinarias y equipos; acero, aluminio y materiales afines; electrónica y electrodomésticos; química y petroquímica; madera y muebles; manufactura de cuero, calzado; gráfica, ediciones e impresiones, y juguetes.
Autorizan a funcionar la fabricación de madera y muebles, de plásticos y subproductos, productos de la Industria química y petroquímica, cemento; gráfica, ediciones e impresiones, productos textiles, indumentaria, de manufacturas del cuero, de calzado; productos metalúrgicos, maquinaria y equipos, e industria automotriz y autopartes.
Se habilitan los rubros de gráfica, ediciones e impresiones, y de celulosa y papel.
Podrán retomar la actividad las manufacturas del cuero, plásticos y subproductos, calzado; metalúrgica, maquinarias y equipos, y automotriz y autopartes.
Vuelven a la actividad la gráfica, ediciones e impresiones, y la industria automotriz y autopartes.
La actividad electrónica y de electrodomésticos retoman su funcionamiento
Rebrirán centros comerciales, malls y shoppings.
Todas las solicitudes fueron evaluadas y posteriormente aprobadas por el Gobierno nacional, que tuvo en cuenta la situación particular de cada distrito. En cada actividad deberá garantizarse la organización de turnos si así correspondiese así como también modalidades de trabajo y traslado que cumplan con las condiciones sanitarias necesarias para evitar contagios por coronavirus.
Además, según figura en las disposiciones oficiales, los empleadores "deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros".
Por supuesto, todas las personas involucradas en las actividades liberadas deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Covid 19 y "circular con la constancia del turno otorgado para su atención, cuando corresponda, o desplazarse a establecimientos de cercanía al domicilio".