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¿Por qué la condena por violación a "La manada" es un triunfo y es feminista?

El Tribunal Superior español dictaminó que lo que hicieron estos cinco hombres no fue un abuso sexual sino que fue una violación. Este cambio de sentencia es histórico y destroza el paradigma machista judicial. Hablamos con Octavio Salazar Benítez, jurista español y Enrrique Stola, psiquiatra feminista argentino radicalizado en España sobre todo lo que implica este juicio. 

¿Por qué la condena por violación a "La manada" es un triunfo y es feminista?
Ángel Boza, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Manuel Antonio Guerrero y Jesús Escudero, integrantes de La Manada y condenados entre 15 y 17 años de prisión | Foto: Twitter. (Ángel Boza, Alfonso Jesús Cabezuelo, José Ángel Prenda, Manuel Antonio Guerrero y Jesús Escudero, integrantes de La Manada y condenados entre 15 y 17 años de prisión | Foto: Twitter.)

El Tribunal Supremo español dictaminó este viernes que el caso de La Manada no fue un abuso sexual sino una violación en grupo. Así, la pena para los cinco amigos, se eleva de 9 a 15 años de prisión y están todos ya detenidos. 

El delito sucedió en Pamplona (Navarra, España), en la madrugada del 7 de julio de 2016, durante las fiestas de San Fermín. Un grupo de cinco hombres agredieron sexualmente a una joven de dieciocho años en un portal en el centro de la capital navarra. Al día siguiente ella los denunció por haber sufrido una violación grupal.

Ganó polémica cuando se difundieron, además de la noticia, grabaciones en vídeo de los hechos y conversaciones entre los cinco autores del delito. Cuando los cinco hombres fueron fueron detenidos y juzgados, todo se puso peor. La sentencia del juicio en primera instancia se dio a conocer el 26 de abril de 2018 y fue una condena por abusos sexuales continuados, en donde se cuestionó reiteradas veces la actitud de la víctima ya que nunca dijo que no, pero tampoco dijo que sí. Desde ese momento y hasta hoy, la frase "Sólo sí es sí", se instaló en el debate y en la sociedad española. Reemplazando así al "No es no", que en nuestro país resuena como mantra. 

Las imágenes, en concreto siete fragmentos de vídeo con una duración de 96 segundos, realizados por dos de los acusados con sus celulares, fueron estudiadas por policías en un informe de 200 páginas en el que se manifiesta que la chica mantenía una actitud "pasiva y neutra" y que su actitud no era "participativa" y que hubo "humillación y vejación" hacia ella.

Que el fallo no haya sido violación en ese momento generó el repudió de todo el movimiento feminista tanto en España como en distintas partes del mundo. Luego de dicha sentencia, el movimiento de mujeres salió a la calle a reclamar y colmó la Puerta del Sol en Madrid y en distintos puntos claves del país español.

Y para quienes piensan que salir a la calle a exigir derechos o repudiar condenas no funciona, este veredicto de la Suprema Corte deja muy en claro que sí. 

Para entender el panorama que se vive en España hoy, Filo.News habló con Enrique Stola, psiquiatra feminista y también con el jurista español Octavio Salazar Benítez que es, además, especialista en derecho constitucional y conocido por sus trabajos sobre igualdad de género y nuevas masculinidades.

La manada en jaque

Marcha feminista en contra del primer dictamen. | Foto: Twitter.
Marcha feminista en contra del primer dictamen. | Foto: Twitter.

"La audiencia pública fue transmitida por varios medios en directo. Es un juicio de alto impacto en la sociedad. Según las noticias, hay cerca de cien manadas enjuiciadas y esto va a tener un alto impacto en esos juicios", explica Stola al referirse al impacto que este fallo tendrá en la sociedad española.  

Por su parte, Octavio Salazar, sostiene: "El caso levantó tanta expectativa desde que se conocieron los hechos que hoy creo que todo el mundo esta pendiente de la decisión del Tribunal Supremo. Basta con darse una vuelta por las redes sociales para comprobar el impacto de la sentencia".

Pero ¿cuáles son los cambios que este caso y esta sentencia genera en la Justicia española? Benítez señala: "Desde que sucedió hubo un permanente debate en torno al delito de violación. Como se define en el código penal, si nuestra Justicia es patriarcal, etc. Dio un debate que fue mas allá del propio delito que tiene como protahonista a nuestros tribunales y si aplican e incorporan o no una perspectiva de género". 

"Sienta un gran precedente y creo que va tener impacto también en Argentina. Los jueces dejaron bien en claro que ´la manada´, presentaba una superioridad númerica que producía una situación de intimidación para la victima. Pero también aclaran que esta situación la podría haber producido una sola de las personas que la atacaron, porque la intimidación no tiene necesariamente que ver con amenazas verbales, a veces es la fuerza, el contexto o el lugar lo que puede intimidar", explica Stola.

Resignifiquemos el no y el sí 

Desde el 2016 la sociedad española reflexiona y debate respecto al consentimiento y la frase "sólo sí es sí" cobró fuerza tras este caso de violación en grupo. Aquí, en nuestro país, el consentimiento como condición necesaria para una relación sexual fue y es discutido de forma constante luego de la denuncia de la actriz Thelma Fardín en contra del actor Juan Dartés

El movimiento feminista pateó el tablero de la conquista y las violaciones dentro de las parejas o matrimonios, los abusos sexuales en encuentros casuales y los abusos sexuales en la infancia salieron a la luz. Miles de mujeres y disidencias contaron a traves de las redes sociales, amigas o familia, los abusos vividos y callados durante años. 

El lugar y la función de la Justicia como protectora, también se puso en jaque y el debate reforzó de manera contundente la necesidad de una obligada mirada de género cuando se tratan este tipo de abusos. 

"Es muy importante lo que plantean en la justicia española sobre el consentimiento. Auqnue la victima no diga nada, porque aunque la victima parezca consentir, se dictaminó que si hay miedo, ese consentimiento está viciado y anulado. Basta con que exista el miedo para que se pueda hablar de que no hay consentimiento. Y eso es importantísimo. Los jueces y juezas argentinas lo deberían también tener en cuenta", explica Stola.

El feminismo lo hizo de nuevo

Marcha feminista en La puerta del Sol, Madrid | Foto: Twitter.
Marcha feminista en La puerta del Sol, Madrid | Foto: Twitter.

Es que fue el movimiento feminista el que, con cuestionamientos y repudios en las redes y en la calle, generó y genera tanto en la sociedad española como en el mundo, grandes debates que cambian de forma radical la manera en la que, en este caso, la Justicia dictamina.

Desde la figura de "femicidio" en el 2012 hasta la Ley brisa que protege a les hijes huérfanos por culpa de estos crímenes de odio, el sistema judicial argentino se modifica lentamente gracias a un movimiento de mujeres que reclama sin cesar el derecho a una vida sin violencia. 

 "El Tribunal Supremo decidió la sentencia de manera independiente, como se supone que debe ser, pero creo que no hay juez que pueda desvincularse del clima social que se generó en torno a este caso. No quiero decir que la decisión estuvo condicionada por la movilización social, pero sí que es un caso que provocó una reflexión dentro de los sectores jurídicosque nos están obligando a nosotros los juristas a revisar muchos paradigmas y muchos conceptos que van a tener un efecto en el futuro más inmediato", indica con esperanza el especialista español. 

"Sin duda, otra vez, debemos decir gracias a las feministas, porque es por ellas, las que han estudiando estas situaciones, las que han generado herramientas sobre el consentimiento, sobre el no es no, sobre cómo se da la dominación de genero, que esta sentencia existe", indica el psiquiatra. 

¿Qué diferencia hay entre abuso sexual y violación?

Movilización en contra de la primera sentencia. | Foto: Twitter
Movilización en contra de la primera sentencia. | Foto: Twitter

En nuestro país, si hay acceso carnal, (penetración con el pene, dedos u algún objeto), es violación. Pero en España, la violación no se determina por el acceso carnal, por ejemplo, sino por el grado de violencia que se usa en el acto. Los jueces habían calificado este caso como abuso y no como violación, aunque había habido acceso carnal.

Esta primera sentencia que obtuvo el juicio enojó al movimiento de mujeres ya que dictaminó que lo que habían hecho estos cinco amigos no había tenido la violencia suficiente como para que sea considerada una violación. 

"Las instancias anteriores lo habían calificado de abuso sexual y no de agresión sexual. Se cuestionó socialmente a los jueces porque no habían evaluado la situación desde una perspectiva de género, cosa que sí hizo el Tribunal Supremo. Uno de los jueces anteriores llegó a descalificar totalmente a la victima. La Justicia, como en todos los países, es machista y las mujeres tienen serios problemas a la hora de acceder a ella. Esta condena va a impactar favorablemente a todas ellas", comenta Stola. 

Por su parte, el jurista español nos remarca: "La línea de separación en el oficio penal entre una y otra figura es pequeña. Se considera que es abuso cuando no se utiliza violencia e intimidación, mientras que la agresión sexual es cuando hay violencia" y así finaliza: "Lo más llamativo de este caso, es que cuando tu leías los hechos probados en la sentencia que se dictó en primera instancia, esa descripción de los hechos era claramente una violación. Hubo no sé cuántas penetraciones, una gran situación de indefensión por parte de la víctima y todo dejaba bien en claro que había sido intimidatorio y violento. Pero la resolución contradecía los hechos probados. Eso es, por suerte, lo que acaba de corregir el Tribunal Supremo con esta sentencia ejemplificadora con perspectiva de género".  

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