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Actualidad #Coronavirus

Terminó el confinamiento estricto: qué se puede hacer y qué no a partir de hoy

Este lunes vuelven a estar vigentes las medidas establecidas por el decreto anterior al confinamiento estricto.

Terminó el confinamiento estricto: qué se puede hacer y qué no a partir de hoy

Desde este lunes, vuelven a estar vigentes las medidas que regían hasta el último Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado por el presidente Alberto Fernández, aquel que extendió las medidas hasta el próximo 11 de junio y que, en el medio, dispuso nueve días de confinamiento estricto -que volverá a regir durante el próximo fin de semana-.

A partir de hoy, por lo tanto, las medidas de prevención rigen para todo el país, dependiendo del riesgo epidemiológico de cada zona.

  • Restricciones en toda la Argentina tras el confinamiento de 9 días

Se suspenden los viajes grupales de egresados, de estudio, de jubilados y de grupos turísticos.

Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Se suspende la asistencia al trabajo para personas de riesgo.

  • Restricciones en zonas de Alarma Epidemiológica y Sanitaria

Se suspende la actividad de shoppings y centros comerciales; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados Los ocales comerciales deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles; se prohíben los deportes grupales de contacto al aire libre.

Se suspende la actividad de clubes, gimnasios  y establecimientos afines.

Se suspenden los casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

Los locales gastronómicos deberán cerrar entre las 19:00 y las 6:00 del día siguiente. Luego de las 19:00, podrán continuar bajo las modalidades delivery.

Durante el horario permitido, los bares y restaurantes tendrán que funcionar en los espacios habilitados al aire libre.

Se prohíben las reuniones en domicilios particulares.

Se restringe la circulación entre las 20:00 y las 6:00 de la mañana del día siguiente.

El transporte público se reserva para el uso exclusivo de personal esencial y autorizado.

  • Zonas en alarma epidemiológica

Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA): CABA y la región metropolitana de Buenos Aires.

Buenos Aires: los aglomerados urbanos de General Pueyrredón y de Bahía Blanca, integrados por los departamentos homónimos.

Chaco: el aglomerado urbano de San Fernando, integrado por el departamento homónimo.

Córdoba: el aglomerado urbano de Córdoba integrado por el departamento Capital.

Corrientes: el aglomerado urbano de Corrientes, integrado por el departamento homónimo.

Entre Ríos: el aglomerado urbano de Paraná integrado por el departamento homónimo.

Mendoza: el aglomerado urbano de Gran Mendoza integrado por los departamentos de Capital, Godoy Cruz, Guaymallen, Las Heras, Luján de Cuyo, Maipú.

Neuquén: el aglomerado urbano de Confluencia, integrado por departamento homónimo.

Río Negro: el aglomerado urbano de General Roca, integrado por el departamento homónimo.

Salta: el aglomerado urbano Gran Salta, integrado por los departamentos de Capital, Cerillos, Rosario de Lerma.

Santa Fe: los aglomerados urbanos de Santa Fe, integrado por el departamento Santa Fe, y de Gran Rosario, integrado por los departamentos de Rosario y San Lorenzo.

Santiago del Estero: el aglomerado urbano de Santiago, integrado por los departamentos de Santiago y Banda.

Tucumán: Aglomerado urbano de Gran Tucumán, integrado por los departamentos de Capital, Cruz Alta, Tafì Viejo y Yerba Buena.

  • Restricciones en zonas de alto riesgo epidemiológico y sanitario

Rigen las mismas medidas que para las zonas que están en alerta, solo que cambia el límite de horario para los locales gastronómicos y de circulación.

Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00 y no se puede circular desde las 24:00 a las 6:00 del día siguiente.

  • Zonas en alerta epidemiológica

Buenos Aires: 9 de Julio, Azul, Balcarce, Bragado, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Coronel de Marina L. Rosales, Coronel Suárez, General Alvarado, Junín, La Costa, Lincoln, Lobos, Mercedes, Necochea, Pehuajó, Pergamino, San Nicolás, San Pedro, Tandil, Trenque Lauquen y Tres Arroyos.

Catamarca: la Ciudad Capital.

Chaco: Comandante Fernández, General Güemes, Libertador General San Martín y Mayor Luis J. Fontana.

Chubut: Biedma, Escalante, Futaleufú y Rawson.

Córdoba: Calamuchita, Colón, Cruz del Eje, General Roca, General San Martín, Juárez Celman, Marcos Juárez, Presidente Roque Sáenz Peña, Punilla, Río Cuarto, Río Primero, Río Segundo, San Alberto, San Javier, San Justo, Santa María, Tercero Arriba y Unión.

Corrientes: Curuzú Cuatiá, Goya, Mercedes, Monte Caseros, Paso de los Libres y Santo Tomé.

Entre Ríos: Colón, Concordia, Diamante, Federación, Gualeguay, Gualeguaychú, La Paz, Nogoyá, Uruguay y Villaguay.

Formosa: Formosa, Patiño, Pilcomayo y Pirané.

Jujuy: Palpalá.

La Pampa: Capital y Maracó.

La Rioja: Capital y Chilecito.

Mendoza: General Alvear, Junín, Lavalle, Rivadavia, San Martín, San Rafael y Tunuyán.

Misiones: El dorado, Guaraní, Iguazú, Leandro N. Alem, Libertador Grl. San Martín y Oberá.

Neuquén: Zapala.

Río Negro: Adolfo Alsina, Avellaneda y Bariloche.

Salta: General Güemes y Metán.

San Juan: Capital, Caucete, Chimbas, Pocito, Rawson, Rivadavia y Santa Lucía.

San Luis: General Pedernera y Capital.

Santa Cruz: Deseado y Güer Aike.

Santa Fe: Belgrano, Caseros, Castellanos, Constitución, General López, General Obligado, Iriondo, Las Colonias, San Cristóbal, San Jerónimo, San Justo, San Martín y Vera.

Santiago del Estero: Río Hondo y Robles.

Tierra del Fuego: Río Grande y Ushuaia.

Tucumán: Burruyacú, Chicligasta, Famaillá, Leales, Lules, Monteros y Río Chico.

  • Restricciones en zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario

Son los gobernadores los que pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus.

  • Zonas en riesgo epidemiológico y sanitario medio

Buenos Aires: Olavarría.

Chaco: Almirante Brown.

Jujuy: Dr. Manuel Belgrano, El Carmen, Ledesma y San Pedro.

Misiones: Cainguás, General Manuel Belgrano, Montecarlo y San Ignacio.

Salta: Anta, General José de San Martín y Orán.

  • Excepciones

Ciudad de Buenos Aires: mantendrá el esquema de clases presenciales en jardín y primaria y la bimodalidad en la secundaria.

Córdoba: reabre los shoppings, entre 9:00 y 19:00.

Mendoza: las restricciones de circulación son entre las 23:30 y las 5:30.

Tucumán: los restaurantes pueden abrir con máximo de 30% de su capacidad.

Río Negro: restaurantes pueden trabajar con reserva hasta las 23:00 y esta reserva sirve para poder circular después de las 20:00.

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