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Ya rige el 15% de reintegro en compras con débito para jubilados y beneficiarios de AUH

El Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerados estará vigente hasta el 31 agosto de 2020. A quiénes incluye y cómo funciona.

Ya rige el 15% de reintegro en compras con débito para jubilados y beneficiarios de AUH
El 15% de reintegro para jubilados y beneficiarios de AUH regirá hasta fines de agosto. (Foto: NA)

A partir de hoy y hasta el 31 de agosto de 2020 estará vigente el Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerados que establece un 15% de reintegro en compras con tarjeta de débito para jubilados y beneficiarios de Asignación Universal por Hijo (AUH).

La iniciativa fue oficializada el pasado 18 de febrero y tiene como antecedente una medida lanzada por Mauricio Macri en junio de 2016 que devolvía un porcentaje del IVA a jubilados y beneficiarios de planes sociales.

El Régimen de Reintegro a Sectores Vulnerados incluye a: 

  • Jubilados que cobren el haber mínimo
  • Beneficiarios AUH
  • Monotributistas adheridos al Régimen de Inclusión Social y Promoción de Trabajo Independiente
  • Inscriptos en el Régimen Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social
  • Adheridos al Régimen Simplificado Especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té.

Pero excluye a:

  • Quienes perciban otros ingresos declarados en el Impuesto a las Ganancias y/o en el monotributo

Según Mercedes Marcó del Pont, titular de la AFIP, esperan "más adelante poder incorporar a los usuarios de la tarjeta alimentaria". Se estima que el beneficio alcanzará a aproximadamente 7,1 millones de personas.

¿Cómo funciona?

  • El reintegro del 15% se concretará en las compras que realicen con las tarjetas de débito de las cuentas donde se acreditan sus beneficios, con un tope de hasta $700 mensuales por beneficiario y de $1.400 por hogar
  • Las entidades financieras serán las encargadas de acreditar en la cuenta bancaria el monto correspondiente al reintegro, que se hará dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación de compra si se hubiera realizado entre las 0 y las 17, y dentro de las 48 horas hábiles si se realizara después de las 17

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