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Elecciones 2023: los ciudadanos que no votaron en las PASO, ¿pueden votar el domingo?

A pocos días de las elecciones generales, desde la Dirección Nacional Electoral informaron qué sucede con los ciudadanos que no votaron en las PASO y tienen intenciones de votar este domingo 22 de octubre. 

Elecciones 2023: los ciudadanos que no votaron en las PASO, ¿pueden votar el domingo?

El titular de la Dirección Nacional Electoral (DINE), Marcos Schiavi, informó que los ciudadanos que no votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 13 de agosto "no tienen ningún impedimento" para emitir su sufragio este domingo en las elecciones generales que se desarrollarán en todo el país entre las 8 y las 18 horas.

"Los que no participaron de las PASO obviamente pueden votar en la general. No hay ningún impedimento. También si no votó en los comicios de 2021 y quiere votar ahora, puede hacerlo", explicó Schiavi esta mañana en declaraciones a la prensa en la sede de Correo Argentino ubicada en el Mercado Central de Buenos Aires.

Además, según estimó Schiavi, el domingo en las elecciones generales "vamos a tener entre 4 o 5 puntos más de participación que en agosto".

En las PASO del 13 de agosto, el 69% de los electores habilitados para votar concurrió ese día a las urnas, lo que representó un aumento de 1,3% de la participación en comparación con las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias de 2021, pero una caída de 7,4 puntos porcentuales con relación a la última instancia eliminatoria de postulantes a la presidencia de 2019, informó la Justicia.

Así, los comicios desarrollados ese día fueron los segundos con menor convocatoria desde el retorno de la democracia, del cual se cumplirán 40 años el 10 de diciembre.

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¿Qué personas quedan exceptuadas de votar en las elecciones generales?


- Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tienen que votar deben justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.

- Las que estén enfermas o imposibilitadas de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.

- Las que son parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones están impedidas de asistir a votar.

- Los jueces o auxiliares que, por disposición del Código Electoral Nacional, tienen que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios


 

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