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La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 214/2020 y marca una marcha atrás en la excepción que permitía a estos organismos participar como “auxiliares de la Justicia en las investigaciones criminales”.
Tal como fuera anunciado por Alberto Fernández en el marco de su discurso ante la Asamblea Legislativa el pasado domingo, finalmente se oficializó por decreto la modificación de la Ley de Inteligencia Nacional y por tanto la AFI dejará de ser auxiliar de la Justicia en investigaciones criminales.
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 214/2020 desde el cual se plantea que "ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal".
De esta manera, a partir de un documento que lleva la firma del Presidente y todo su Gabinete, se modificó la Ley de Inteligencia Nacional 25.520 que había establecido una "excepción que permite a los organismos de inteligencia participar como auxiliares de la justicia en las investigaciones criminales".
Fernández entiende que "corresponde limitar de forma urgente ese resquicio legal, que permitió generar y retroalimentar vínculos espurios desarrollados entre organismos de inteligencia y algunos sectores del sistema de justicia, franqueando la participación de aquéllos en funciones totalmente ajenas a sus verdaderas áreas de incumbencia".
A partir de esto se estableció también que ningún organismo de inteligencia podrá “obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales”.
En la medida, la derogación del decreto firmado por Macri "tuvo por objeto promover avances respecto de la protección de derechos constitucionales y convencionales de los habitantes de la Nación, el resguardo del Estado de Derecho y el principio republicano de gobierno consagrados en la Constitución Nacional".
En este sentido es que la nueva administración estableció que "ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal".
A la vez, ningún organismo de la AFI podrá "influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo".
El Presidente consideró el último término que "deviene necesario adoptar una medida urgente para lograr bases sólidas para el referido reordenamiento, disponiendo una modificación esencial sobre una de las áreas del Sistema de Inteligencia Nacional que mayores distorsiones ha evidenciado, como es su interacción con el sistema de administración de Justicia".
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