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5 claves sobre el Impuesto a la Renta Financiera

Hoy se publicó en el boletín oficial el decreto 1170 que reglamenta todos los cambios en el Impuesto a las Ganancias, que incluye el Impuesto a la Renta Financiera para los residentes. En Filo.News te contamos los 5 puntos claves.

5 claves sobre el Impuesto a la Renta Financiera

En el límite de la reglamentación se presento en la última semana del 2018 la nueva normativa del Impuesto a las Ganancias que incluye cambios en el gravamen de la Renta Financiera, para empresas y personas. 

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Puntos a tener en cuenta

  • Personas y sucesiones indivisas que obtengan en un período fiscal ganancias de fuente argentina de varias categorías, compensarán los resultados netos obtenidos dentro de la misma y entre las diversas categorías.
  • No se computarán las horas extras.
  • Se consideran "nuevos profesionales" o "nuevos emprendedores" los profesionales con hasta 3 años de antigüedad en la matrícula y los trabajadores independientes con hasta 3 años de antigüedad contados desde su inscripción como tales.
  • La deducción por carga de familia será computada por quien posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación. En caso de que sea ejercida por los progenitores y ambos tengan ganancia imponible, la deducción se efectuará en partes iguales (50% cada uno) o uno de ellos podrá computar el 100% de ese importe.
  • Las ganancias provenientes de la edificación y venta de inmuebles se encuentran alcanzadas por el impuesto cualquiera fuere la cantidad de unidades construidas y aun cuando la enajenación se realice en forma individual, en block o antes de la finalización de la construcción.
  • Las sumas abonadas al personal docente en concepto de adicional por material didáctico no serán gravadas hasta el importe equivalente al 40% de la ganancia no imponible.
  • Los intereses de deudas, sus respectivas actualizaciones y los gastos originados por la constitución, renovación, cancelación y descuentos descuentos que se devenguen con motivo de colocaciones de deuda financiera que se hubieren realizado bajo la par, se podrán deducir hasta $1 millón por año.

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