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Los límites legales de la homeopatía

¿Cuáles son las leyes que establecen las obligaciones y las sanciones para una práctica profundamente criticada por la ciencia?

Los límites legales de la homeopatía
La homeopatía debe cumplir con ciertas condiciones regidas por leyes que enmarcan su campo de actividad.

Historia

Según la definición del Proyecto de ley del 2017 presentado en la Cámara de Diputados que buscaba incluir la homeopatía en el Programa Médico Obligatorio, “se entiende por homeopatía un sistema médico desarrollado por el Dr. Samuel Hahnemann desde 1796 (...) que se basa en la ley de la semejanza y que señala que un enfermo puede curarse a través de un remedio que es capaz de producir sintomatología semejante en personas sanas que lo han experimentado de manera voluntaria con el fin de obtener los síntomas que determinarán sus posibilidades terapéuticas”.

En nuestro país, en 1860 fue el primer intento de oficialización a través de un pedido al gobierno de ese momento de crear una facultad homeopática que se vio frustrado por una derrota en la votación de las cámaras legislativas que trataron el proyecto.

El segundo intento, en 1870, fue una solicitud a la Corte Suprema de Justicia para que determine la inconstitucionalidad de la Ley del Consejo de Higiene, quien se encargaba de regular la práctica médica y farmacéutica, dejando de lado a la homeopatía.

Hoy en día, los médicos y los remedios homeopáticos, bajo la órbita de la Asociación Médica Homeopática Argentina (AMHA),  deben cumplir con ciertas condiciones regidas por un grupo de leyes que enmarca su campo de actividad. Fuera de estas leyes, será considerada ilícita.

Críticas

La homeopatía en Argentina tiene el rechazo constante de la medicina oficial, basándose en la falta de resultados concluyentes que evidencien la eficacia de la práctica.

Tanto es así, que países en los que históricamente estaba popularizada la práctica homeopática,como el Reino Unido y Australia, decidieron quitarla de su sistema de salud. Inclusive, este último prohibió la venta de los considerados “medicamentos homeopáticos” en las farmacias, no sólo por su falta de efectividad real sino por un potencial peligro en la salud de quienes los consuman.

¿Los argumentos? La homeopatía nunca pudo demostrar a través de los métodos científicos más estrictos que sus efectos fueran más efectivos que los del placebo (es decir, el beneficio que encuentra el paciente por la sugestión de creer que está consumiendo un medicamento que mejora su salud).

Estas conclusiones están amparadas por distintos informes avalados por el Servicio Nacional de Salud del Reino Unido, el Colegio de Estados Unidos de Toxicología Médica y de Toxicología Clínica, y por estudios publicados en las revistas científicas más prestigiosas del mundo como The Lancet o Nature, entre otras.

Ley de Medicina

Matías Busquet, abogado especialista en derecho a la salud y asuntos médicos, el marco legal de la homeopatía no está definido. Jurisprudencialmente, por analogía, se enmarca bajo los términos de la Ley de ejercicio legal de la Medicina (Ley Nacional n°17.132) a pesar de no estar expresado explícitamente. Esto significa que se le aplicarían todas las obligaciones y las sanciones que determina la ley.

Sin embargo, según el criterio del juez, hubo casos específicos en los que la homeopatía fue considerada como una “prestación de servicios”, externa a la medicina, y en los que se aplican las reglas del Código Civil y Comercial.

“En las situaciones en las que exista un daño seguido de la práctica homeopática, será el juez quien se encargue de definir bajo qué legislación estará amparada la víctima”.

En Argentina, el homeópata que ejerza legalmente la actividad deberá tener previamente una matrícula médica profesional. En consecuencia, cualquier institución que ofrezca los estudios de la carrera de médico homeópata debe exigir la matrícula médica.

Además, la Ley de ejercicio legal de la medicina exige que toda actividad relacionada con la asistencia médico-social y con el cuidado de las personas que puedan relacionarse con su salud, deben estar previamente aceptadas por el Ministerio de Salud de la Nación.

Ley de Medicamentos

La ley de Medicamentos (Ley n°16.643) es la que determina la diferencia entre los "medicamentos homeopáticos" y los medicamentos fitoterápicos habilitados por las entidades nacionales.

Define a los medicamentos fitoterápicos como los medicamentos que contengan como principio activo drogas vegetales y/o mezclas definidas de estas y/o preparados de drogas vegetales, tradicionalmente usadas con fines medicinales (...)”.

Además, aclara que su eficacia y seguridad está avalada por documento tecno-científicos e investigaciones etno-farmacológicas y deben ser avalados por la ANMAT. Cualquier medicamento con ingredientes naturales fuera de este marco será considerado ilegal.

Ley de Farmacias

La ley de Farmacias (Ley n°17.565) habilita a recetar preparados aprobados exclusivamente a quien tenga la matrícula de médico profesional y en farmacias habilitadas por las autoridades de aplicación.

“A la técnica homeopática, deberán ajustarse a las condiciones que establezca la reglamentación”, Ley N° 17.565.

Por su parte, la Ley de Farmacias les prohíbe expresamente vender medicamentos que no tengan evidencia científica comprobada ante una enfermedad específica ni estén aprobados por las autoridades, que anuncien agentes terapéuticos con falsas expectativas de cura, o que publiciten técnicas curativas en medios no especializados, entre otros límites.

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