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A partir de enero, el ABL de la Ciudad se ajustará de forma mensual

Se actualizará por la evolución de los precios según el IPC. La primera cuota correspondiente a enero de 2021 tomará la inflación de agosto 2020.

A partir de enero, el ABL de la Ciudad se ajustará de forma mensual

El Impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL) de la Ciudad de Buenos Aires se ajustará de manera mensual a partir de enero próximo. El ajuste tomará como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que releva la Dirección General de Estadísticas y Censos porteña.

El esquema fijado por el Gobierno porteño, explicitado en el proyecto de Presupuesto enviado a la Legislatura, establece que la primera cuota correspondiente a enero de 2021 tomará la inflación de agosto 2020, que fue del 2,4%, y actualizará en forma progresiva, siempre con un rezago de seis meses. De esta forma, el incremento de febrero será de 2,2% y 2,5% en marzo, en base a los registros del IPC porteño de septiembre y octubre.

El nuevo esquema reemplazará la metodología vigente en la actualidad, que aplicaba el incremento directamente en la primera cuota y en su totalidad. El Gobierno de la Ciudad explicó que el cambio se debió a una cuestión de procesos administrativos, que refieren tanto al momento en el que se toma la valuación de los inmuebles como al momento de la emisión de las boletas.

Por otro lado, en el caso del Impuesto de Patentes, los automotores mantendrán las cuatro categorías de valuación, aunque se aumentaron los rangos en un 70% para que el aumento de valor del auto no provoque un salto de categoría. De esta forma, las nuevas categorías quedarán de la siguiente forma: vehículos de hasta $ 1,6 millones, una alícuota del 3.2%; desde $ 1,6 millones hasta $ 2,2 millones, alícuota del 4.0%; desde $ 2,2 millones hasta $ 3,2 millones, una alícuota del 4,5%; y para los autos de más de $ 3,2 millones, una alícuota de 5%.

Por su parte, aquellos contribuyentes con deudas de hasta $ 500.000, correspondientes al año 2019 y hasta octubre del 2020, podrán acceder desde enero a un plan de seis cuotas, con el que se le condonarán los intereses resarcitorios y sólo deberá pagar la deuda. Quienes deseen adherir al plan de 12 pagos tendrán una condonación de la mitad de los intereses.

En el caso del ABL, quienes paguen el total del impuesto en forma anticipada tendrán un incremento de sólo el 15% en relación al año anterior, mientras que los que hayan pagado las cuotas 2020 a término y no tengan deuda, tendrán una bonificación del 10%. En caso de adherir al débito automático antes del 30 de junio del 2021 la bonificación será del 100% para la última cuota, sólo aplicable para personas humanas que hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago.

Para las Patentes, el descuento por pago anticipado será del 10%, mientras que la bonificación por buen cumplimiento de pago y débito automático será de idénticas condiciones que en el caso del ABL.

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