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ANMAT prohibió una serie de productos rotulados como "libres de gluten"

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes la comercialización de una serie de productos alimenticios a base de arroz y otros a base de soja.

ANMAT prohibió una serie de productos rotulados como "libres de gluten"

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió todos los productos de la marca "SOYARROZ", por considerarlos ilegales.

Además, la ANMAT emitió un alerta a través de su página web, dirigida a la población celiaca y/o alérgica "para que se abstengan de consumir los productos de la marca 'SOYARROZ'".

Mediante la Disposición 7038/2020 e establece la prohibición de "la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco con maíz, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-20831760 (anterior 02-528538), Nombre de fantasía: "fideos de arroz”, “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco con espinaca, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-27812861 (anterior 02-528544), Nombre de fantasía: "fideos de arroz”; “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco con morrón, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-20832037 (anterior 02-528545), Nombre de fantasía: "fideos de arroz”; “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco integral, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-27814378 (anterior 02-530921), Nombre de fantasía: "fideos de arroz”; “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco tradicionales, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-27812429 (anterior 02-533099), Nombre de fantasía: "fideos de arroz” y “Alimento a base de soja tradicional pasteurizado, libre de gluten, RNPA Ex N° 2019-2054108 (anterior 02-507970), Nombre de fantasía: "tofu tradicional” todos elaborados previo al 24 de julio de 2020".

Asimismo prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Alimento a base de soja frito, tofu tradicional frito pasteurizado, RNPA ex 2019-21958416 (anterior 02-560949), Nombre de fantasía: "ague” y “Tapa de ravioles, RNPA Ex N° 2019-40026870 (anterior Ex N° 2906-15257/09)” todos elaborados previo al 24 de julio de 2020”.
También prohíbe “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Alimento a base de arroz, tipo fideo seco tradicionales finos, libre de gluten, RNPA N° 02-533099. Nombre de fantasía: "fideos de arroz” y “Alimento a base de soja condimentada pasteurizado, libre de gluten, RNPA N° 02-0511633. Nombre de fantasía: “tofu seco condimentado”.

Y finalmente establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Nata de soja", RNPA Ex N° 2906-15837/09”, “Tapa wantan", RNPA Ex N° 2906-15257/09.

Desde el organismo se explicó que la medida se tomó ante la denuncia de un particular en relación al "Alimento a base de arroz tipo fideo seco con maíz libre de gluten SIN TACC, marca SOYARROZ, contenido neto 300 g, RNPA Nº 02528538, lote 000165, vto. 23/02/21".
Se realizó una auditoria en el establecimiento elaborador SOYARROZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA de la localidad de General San Martín y se determinó que "las instalaciones de la planta no cumplen con las condiciones edilicias e higiénicas sanitarias para la elaboración de productos alimenticios, no pudiendo asegurar la producción de alimentos libres de gluten, ni su posible contaminación con productos derivados de la soja y el trigo, por lo que se interviene toda la mercadería elaborada hasta el 24 de julio del 2020, como también la materia prima disponible, toma muestras de un rotulo de cada uno de los productos elaborados en el establecimiento, y a su vez, procede a la clausura preventiva del establecimiento".