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El oficialismo logró imponer un dictamen de mayoría, pero no reuniría los votos necesarios para aprobar la iniciativa que ya tiene media sanción del Senado.

El Frente de Todos logró este miércoles imponer un dictamen de mayoría en un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados sobre el proyecto que establece la creación de un Fondo Nacional para la Cancelación de la Deuda con el FMI con dinero fugado al exterior, que se constituirá en dólares estadounidenses y tendrá vigencia hasta concluir el pago con ese organismo internacional. La iniciativa ya cuenta con media sanción del Senado.
La decisión se adoptó en una reunión de las comisiones de Legislación General y de Presupuesto de la Cámara baja -que conducen los oficialistas Cecilia Moreau y Carlos Heller, respectivamente- en la cual el despacho de mayoría promovido por el oficialismo reunió entre las dos comisiones 41 firmas, de las cuales 40 fueron aportadas por el FdT y una por el Frente de la Concordia. La oposición presentó un dictamen de minoría con 36 firmas en rechazo del proyecto.
Ahora, se abre una etapa de negociaciones para el oficialismo, en la que deberá sumar adhesiones al proyecto para lograr su aprobación. Luce difícil que reúna los 129 votos que necesita. Por ahora, cuenta con el respaldo de otros cinco legisladores, que se suman a los 117 del Frente de Todos.
Desde Juntos por el Cambio ya adelantaron su rechazo a la medida que ellos mismos denominaron "Ley Muñoz", en referencia al ex secretario del ex presidente Néstor Kirchner, acusado de lavado de dinero.
"La creación del Fondo Nacional pone en el centro del escenario la cuestión histórica de la fuga de dólares, la evasión impositiva y cuáles pueden ser las formas posibles de afrontar el pago de la deuda con el FMI", sostuvo Heller.
El texto establece que el fondo será constituido en dólares estadounidenses y tendrá vigencia hasta que se produzca la cancelación total de la deuda con el FMI. De acuerdo a esta iniciativa las personas que declaren sus bienes en el exterior en los primeros meses deberán pagar el 20% sobre la totalidad de los bienes enumerados en esta ley.
Añade que se contempla una serie de beneficios para los sujetos obligados al pago que declaren y paguen en forma espontánea, voluntaria y sin la intervención de AFIP, y dentro de los seis meses desde la entrada en vigencia de la ley, siempre que se allanen en forma incondicional y/o desistan de cualquier reclamo administrativo y/o judicial.
Se aclara además que los beneficios mencionados no eximen de las investigaciones por delitos preexistentes por lavado de activos, contrabando, terrorismo, narcotráfico, trata de personas u otros que puedan corresponder.
Para el caso en que la persona efectúe la declaración y el pago con posterioridad a los 6 meses desde la entrada en vigencia de esta ley, el pago se elevará al 35%.
Si la persona, una vez iniciada la fiscalización por parte de la AFIP, se allana a la propuesta o pretensión fiscal antes de los 15 días de notificada la vista previa, el pago se elevará al 50%.
También dispone que sus recursos serán exclusivamente destinados a este fin y deberán contemplar los montos previstos o reservados para las recompensas a los colaboradores, a la vez que determina que el fondo será administrado por el Ministerio de Economía.
El proceso de control, fiscalización y supervisión de su gestión será realizado por la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior del Congreso.
A través del proyecto, se faculta al Poder Ejecutivo Nacional a otorgar plazos de pago que podrán llegar hasta 12 meses y se dispone que las personas obligadas que no ingresen el pago deberán cumplir con todas las obligaciones tributarias omitidas y/o evadidas según las leyes impositivas.
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