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Dólar blue, CCL y MEP: ¿Qué hay que tener en cuenta?

A partir del decreto anunciado el domingo se establecieron nuevos controles de cambio y acá te contamos lo que necesitas saber. 

Dólar blue, CCL y MEP: ¿Qué hay que tener en cuenta?

A partir del domingo volvieron las regulaciones cambiarias para apaciguar las turbulencias financieras que enfrentamos hace ya tres semanas. Repasemos las medidas: 

  • Límites a la compra de divisas: el tope es de 10.000 dólares mensuales para la compra de divisas o para transferencias al exterior por parte de personas físicas. Esto no implica un tope para la extracción de dólares ya comprados. 
  • Las personas jurídicas no podrán comprar divisas para atesoramiento: atañe a las empresas y busca evitar que atesoren dólares. No impone límites a la venta o compra de bienes o servicios en el exterior sino que imposibilita la opción de dolarizar para atesorar. 
  • Obligación de liquidar divisas por exportación: los exportadores de bienes y servicios deben ingresar las divisas al país dentro de los 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities).
  • Regulaciones al "contado con liqui": da facultades al Banco Central para evitar prácticas que logren eludir las medidas anteriores. Recordemos que el "contado con liqui" es una operación en la cual se compran acciones en pesos que cotizan en bolsas extranjeras y luego se ingresan los dólares.
  • Saca del default selectivo a aquellas personas físicas que están dentro de Fondos Comunes de Inversión: es importante ya que los ahorros de muchos individuos estaban bajo esta modalidad y quedaron atrapados en la postergación del vencimiento de pago. 
  • Se pueden usar las Letras postergadas para cancelar deudas de Seguridad Social: las personas jurídicas (empresas) que quedaron dentro del "reperfilamiento" de las Letras del Tesoro pueden usar estos títulos de deuda para cancelar obligaciones de la Seguridad Social vencidas al 31 de julio. 

Ahora bien, ¿qué implicancias tienen estas medidas? Si bien ante la palabra "cepo cambiario" aparece en la memoria colectiva el surgimiento de los "arbolitos" en la calle Florida las características de este cepo, modelo 2019, hacen que tengamos que tener en cuenta otros mercados. 

Dólar blue

Primero aclaremos lo que tenemos más cercano: los "arbolitos". Cómo en todo mercado ilegal el precio suele ser más caro, y por esto es que actualmente la cotización se encuentra en los $62,50/$63 aunque puede variar según la zona. 

La regla es que cuanto más difícil sea conseguir dólares oficiales (los que se compran en el banco o casa cambiaria) más brecha va a haber entre el dólar legal minorista y el blue. Sin embargo, como el cepo para personas físicas se encuentra en 10.000 dólares mensuales no es de esperar que este circuito crezca mucho ya que hay facilidad para conseguir la divisa en el circuito formal.

Dólar contado con liquidación 

Resumido como dólar CCL por sus siglas o dólar contado con liqui, se obtiene a través de una operación donde un inversor o una empresa compra acciones o títulos de deuda pública que cotizan en el mercado local y en el exterior. La adquisición del activo se hace en el mercado local, comprándola en pesos, y se vende en dólares en el mercado externo. De esta forma, a través de la compra/venta activos logra pasar pesos a dólares y además la deposita en cuentas por fuera del circuito nacional, ya que se cobran en el mercado del exterior. 

Si bien no es una operación ilegal permite que las empresas se salten la regulación establecida por el decreto del domingo, que estipula que las personas jurídicas no puedan adquirir divisas para atesorar. Por lo tanto, este es el mercado que hay que mirar y su cotización hay que compararla con el segmento mayorista.

Dólar MEP 

El dólar mercado electrónico de pago (MEP), también conocido como dólar Bolsa, se consigue con la compra de un bono nacional en pesos pero que es convertible a un bono que cotiza en dólares. Entonces, compró un bono en pesos y lo vendo en dólares en el mercado local. 

También es una operación legal pero que se mantiene en la plaza local, sin recurrir a cuentas externas. La persona (física o jurídica) debe tener una cuenta en la Bolsa y una caja bancaria en dólares para poder depositar el resultado de la operación.

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