Juan Pablo Valdés, hermando del actual mandatario, será el nuevo gobernador tras obtener más del 50% de los votos.

Corrientes: el oficialismo se impuso en primera vuelta y los libertarios quedaron cuartos
Actualidad -
Suscribite a las notificaciones y enterate de todo.
En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, se resolvió extender esta medida por otros 60 días.
El Gobierno nacional decidió prorrogar por dos meses la prohibición de efectuar despidos de trabajadores sin justa causa, en el marco de la pandemia de coronavirus, informaron las fuentes oficiales.
El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que dispone la extensión de esa prohibición fue redactado por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, y se encuentra a la espera de la firma del presidente Alberto Fernández.
La resolución, que ya había sido prorrogada, vence el 31 de julio y ahora tendrá vigencia hasta el 30 de septiembre.
La medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, como es de rigor, añadieron los portavoces.
La base del decreto ahora renovado dice que se prorroga "la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 487/20".
En esto se marca que "resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales".
De igual manera se referencia que la Organización Internacional del Trabajo, el 23 de marzo de 2020, ha emitido un documento “Las normas de la OIT y el Covid 19 (Coronavirus)” que revela la preocupación mundial y alude a la necesidad de que los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos en el mundo del trabajo.
En este sentido, señala que decisiones de ese tipo no serían "más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar".
Una disposición similar se efectúa con respecto a las suspensiones de trabajadores. Además, como en los casos anteriores, se exceptúa en este caso a las suspensiones ya realizadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
Ese artículo menciona las "suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación".
Juan Pablo Valdés, hermando del actual mandatario, será el nuevo gobernador tras obtener más del 50% de los votos.
Actualidad -
Espert es señalado por fuentes que conocen el armado violeta desde sus inicios como la persona que acercó a Spagnuolo al espacio libertario tras la pandemia cuando emergían como fuerza.
Actualidad -
Brando Johnson, firmó una orden para impedir que el Departamento de Policía local colabore en actividades relacionadas con estos operativos contra inmigrantes.
Actualidad -
Dos internos de la línea 67 chocaron sobre avenida Sarmiento, varias ambulancias del SAME debieron acudir al lugar.
Actualidad -
La defensa denunció la ilegalidad del proceso y “una verdadera caza de brujas” con “grabaciones obtenidas de manera ilícita”.
Actualidad -