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El objetivo de la medida es que la inflación no recorte la cantidad de beneficiados por el proyecto de ley sancionado en el Congreso.

Como estaba previsto en la ley sancionada anteriormente en el Congreso, el Gobierno aumentará por decreto el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias. Por la elevada inflación registrada desde la sanción de la norma, el nuevo piso se ubicará por encima de los $175.000, para que la medida continúe beneficiando al 10% de los asalariados.
Originalmente, el bloque oficialista de la Cámara de Diputados diseñó la modificación del impuesto a las Ganancias en base a las previsiones del presupuesto 2021, lque llevó el piso a $150.000. Sin embargo, desde el envío del proyecto hasta ahora la inflación superó el 50% en términos interanuales. El incremento de precios trajo una reapertura de las paritarias, estableciendo los convenios en torno al 45%.
En este sentido, el Gobierno nacional ultima la firma de un decreto con el objetivo que quienes se habían beneficiado con la nueva ley no vuelvan a pagar el tributo a causa de las subas de sueldos que buscan no quedar relegados frente a la inflación. De esta forma, el nuevo mínimo imponible se elevará a una cifra que estará entre los $175.000 y los $185.000.
La potestad de elevar el mínimo no imponible por decreto (por única vez) estaba prevista en la ley que votó en abril el Congreso. A partir de 2022 las actualizaciones se harán de manera automática y de acuerdo al avance de los salarios según la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
La medida se dará a conocer durante el mes de agosto y podría aplicarse directamente en las liquidaciones de septiembre. Uno de los detalles que resta definir es si la nueva suba del piso traerá aparejada el pago de un retroactivo, tal como sucedió con la última actualización.
La nueva ley también incluyó una serie de deducciones que continuarán vigentes. Uno de los beneficios más importantes es que el pago del aguinaldo no es incluido a la hora de considerar el piso mínimo pero también excluye del pago del tributo a los plus por provisión de ropa, herramientas educativas, guarderías y bonos productivos, entre otros.

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