Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica lo publicó este viernes en el Boletín Oficial.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este viernes a través del Boletín Oficial la comercialización de una bebida probiótica.
Dicho producto se ofrecía en plataformas de venta online como "Bebida probiótica natural, Kefir orgánico sabor natural, marca Natural, Elaboración artesanal" y no poseía información que permita determinar su origen "resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
En este contexto se solicitó colaboración al Servicio de Evaluación y Registro de Alimentos, Establecimientos, Envases y Materiales en Contacto con Alimentos, para corroborar si dicha bebida se encontraba registrada. Sin embargo, la misma "no está contemplada en el Código Alimentario Argentino (CAA), el rotulo carece de información y datos de registro de RNE y de RNPA, con lo cual “no es posible identificar su origen".
Por "carecer de registros de establecimiento y de producto" la ANMAT dispuso su prohibición de "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional".
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284", ratificó el organismo.
Según informó el Ministerio de Salud, el objetivo es asegurar una protección temprana y más efectiva y un aumento en la efectividad de la estrategia.
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