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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió su comercialización en todo el territorio nacional por distintas irregularidades.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva.
Se trata, según detalló en la Disposición 2009/2022, del producto: "Aceite de Oliva, Olivos del Norte, RNPA N° 12-005232, RNE N° 12-008028, Origen Aimogasta (La Rioja)" por carecer de registros "de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia productos ilegales".
El organismo también prohibió la comercialización en todo el territorio nacional de "todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 12-008028 y RNPA N° 12-005232 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".
El RNE y RNPA exhibidos en el rótulo son Inexistentes y el producto se halla en infracción. "Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la república", resaltó la ANMAT.

La jefa de la Libertad Avanza sostuvo que “va a ser una ley histórica y va a favorecer muchísimo al país".
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