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Los puntos principales del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo

La iniciativa de legalización del aborto logró la firma de 71 diputados de todos los bloques
Los puntos principales del proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo

La Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito presentó la iniciativa en el Congreso. Por séptima vez el proyecto fue presentado en el Congreso con el apoyo de 71 diputados de distintos sectores políticos.

Los puntos claves

  • Toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras catorce semanas del proceso gestacional.
  • Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud, en un plazo máximo de 5 (cinco) días.
  • Toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos:

      1. Si el embarazo fuera producto de una violación, con el sólo requerimiento y la declaración jurada de la persona ante el profesional de salud interviniente.

      2. Si estuviera en riesgo la vida o la salud física, psíquica o social de la mujer, considerada en los términos de salud integral como derecho humano.

      3. Si existen malformaciones fetales graves.

  • Previamente a la realización del aborto en los casos previstos en la presente ley, se requerirá el consentimiento informado de la mujer expresado por escrito. 

  • El sector público de salud, las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, las entidades de medicina prepaga y todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales independientemente de la figura jurídica que posean, incorporarán como prestaciones médicas básicas obligatorias a brindar a sus afiliadas o beneficiarias, la Cobertura Integral de la interrupción legal de embarazo.

  • En todos los casos las Autoridades de cada Establecimiento Asistencial deberán garantizar la realización de la interrupción del embarazo.

  • Las prácticas profesionales establecidas en la presente ley se efectivizarán sin ninguna autorización judicial previa. 

  • Si la IVE debe practicarse a una adolescente, entre los 13 y 16 años de edad, “se presume que cuenta con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento”.

  • Si es menor de 13 años, “se requerirá su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal”.

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