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Nueva fórmula de movilidad: ¿Cómo serán los aumentos en las jubilaciones?

Qué cambia y cómo impacta en los haberes jubilatorios la nueva fórmula que el Poder Ejecutivo aplicará a partir del año que viene.

Nueva fórmula de movilidad: ¿Cómo serán los aumentos en las jubilaciones?

Este martes, la Cámara de Diputados sancionó la ley que establece desde 2021 la nueva fórmula para calcular el aumento de los haberes de los jubilados y pensionados. La movilidad votada abandona la actualización atada a la inflación y se concentra en la evolución de los salarios del sector privado formal y de la recaudación tributaria.

La norma fue elaborada en forma conjunta por el Ministerio de Economía, el Ministerio de Trabajo y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Sin embargo, tuvo cambios en la discusión parlamentaria, donde se terminó de modelar el retorno al sistema de actualización jubilatoria creado en el gobierno de Cristina Kirchner y que fue modificado en 2017 por Mauricio Macri.

Por su parte, la gestión de Juntos por el Cambio había dejado de lado la actualización de los haberes jubilatorios por salarios y recaudación y optó por aumentos atados a una fórmula mixta, con ponderación de 70% en la inflación (IPC nacional) y en 30% el índice de RIPTE (que representa la remuneración promedio sujeta a aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino). Este régimen estuvo vigente desde 2018 y hasta el ingreso del gobierno de Alberto Fernández, en diciembre del año pasado. Con los índices de precios por encima del 50% anual, el actual Ejecutivo prefirió una actualización de las jubilaciones y pensiones por decreto mientras trabajaba en una nueva fórmula de “mayor sostenibilidad”.

A partir de la sanción de la nueva ley y su posterior promulgación por parte del Ejecutivo, que se espera se produzca en los próximos días, la nueva movilidad jubilatoria dejará de lado la inflación para actualizar por salarios y recaudación, con una ponderación del 50% cada uno, como lo hacia hasta 2015. Durante la discusión en el Senado, por impulso de la Vicepresidenta, se estableció que los aumentos para jubilados y pensionados serán trimestrales (como ya lo eran en el sistema de Macri) y no semestrales, tal como se preveía el proyecto original del Ejecutivo nacional.

De esta forma, los aumentos jubilatorios se darán en marzo, junio, septiembre y diciembre. También el índice se utilizará para las subas de la Asignación Universal por Hijo (AUH), asignaciones familiares, pensiones no contributivas, y pensión al adulto mayor.

 

Los aumentos del 2021

Previo a la modificación de la cantidad de aumentos por año que tendrán los jubilados, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) se había calculado que con la nueva fórmula los haberes se incrementarían 32,2% en todo 2021, con dos subas previstas para marzo y septiembre.

No obstante, los incrementos trimestrales que surgen de la nueva ley se fijarán una vez que se conozcan los índices de variación salarial (CVS) que mide el Indec y los datos de recaudación de la seguridad social. La nueva movilidad jubilatoria será efectiva desde el 1° de marzo, y contempla la actualización de los haberes en marzo, junio, septiembre y diciembre.

Finalmente, Fernanda Raverta, directora ejecutiva del ente previsional, reforzó su satisfacción ante la aprobación de la ley dado que se vuelve a un sistema de actualización que “fue probado y fue exitoso” y reseñó que en los 9 años que estuvo vigente ese cálculo, entre 2009 y 2017, los jubilados y pensionados aumentaron el poder de compra un 26%.

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