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Actualidad #Violencia de género#acoso callejero

Promulgaron la ley que sanciona el acoso callejero

La norma establece qué hacer ante los casos de violencia contra las mujeres en los espacios públicos e incluye el acoso como delito dentro del Código Penal.

Promulgaron la ley que sanciona el acoso callejero
Acoso callejero

El Gobierno promulgó este miércoles la ley 27.501 que incorpora el acoso callejero como modalidad de violencia hacia la mujer, iniciativa que recibió sanción definitiva en el Senado el pasado 16 de abril.

Esta legislación, publicada en el Boletín Oficial, modifica la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y en espacios públicos como medios de transporte y centros comerciales en el caso del acoso.

  • El objetivo es tipificar la violencia política contra la mujer y castigar la conducta con intención de menoscabar, anular, impedir, obstaculizar o restringir el ejercicio político de la mujer, vulnerando el derecho a una vida política libre de violencia y a participar en asuntos públicos y políticos en condiciones de igualdad con los hombres.

El artículo 4 sugiere "instar a las fuerzas policiales y de seguridad a actuar en protección de las mujeres víctimas de violencia de género cuando la violencia ocurre en el espacio público o de acceso público, incluida la modalidad de "violencia contra las mujeres en los espacios públicos" conocida como "acoso callejero".

Según la ley, se deberá "implementar una línea telefónica gratuita y accesible en forma articulada con las provincias a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinada a dar contención, información y brindar asesoramiento sobre recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen".

El texto establece que "la información recabada por las denuncias efectuadas a esta línea debe ser recopilada y sistematizada por el Consejo Nacional de las Mujeres, a fin de elaborar estadísticas para la prevención y erradicación de las diversas modalidades de violencia contra las mujeres".

"Articular en el marco del Consejo Federal de Educación la inclusión en los contenidos mínimos curriculares de perspectiva de género, ejercicio de la tolerancia, el respeto y la libertad en las relaciones interpersonales, la igualdad entre los sexos, la democratización de las relaciones familiares", indica el artículo tercero.

La promulgación de la ley lleva la firma de la vicepresidenta Marta Gabriela Michetti, Emilio Monzó, Marta Alicia Luchetta y Juan Tunessi.

  • Violencia de género
  • acoso callejero

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