La Justicia avanzó contra el funcionario tras detectar inconsistencias en su declaración jurada y dispuso una serie de medidas para analizar sus bienes.

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Cambió el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar sobre acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo.

La AFIP actualizó el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deberán informar las compras realizadas con tarjeta de débito así como también acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo.
La última actualización de la normativa de la autoridad tributaria se había realizado en 2018. Ahora se incrementó la suma de $10.000 a $30.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito y de $30.000 a $90.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.
"Las modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas", detalló la AFIP en un comunicado.
Esto significa que cada compra que un usuario de tarjeta de débito realice (en una sola cuota) por encima de los 30 mil pesos deberá ser reportada por el banco que emitió ese plástico a la AFIP.
"La normativa introduce mejoras en relación con la información que reportan los bancos sobre los movimientos de las cuentas especiales creadas para la repatriación de activos en el exterior vinculadas al Aporte Solidario y Extraordinario. También sobre las previstas por el Programa de Normalización de la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda", continuó el comunicado del organismo tributario.

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