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La jueza María Eugenia Capuchetti resolvió hoy que los llamados “vacunados vip” no cometieron delito.

En el día de hoy se conoció el fallo de la jueza María Eugenia Capuchetti, que tiene a cargo la investigación de la causa titulada "Vacunatorio Vip" que le costó el cargo al ministro de Salud Ginés González García.
Y mientras hay un pedido de profundizar la investigación para saber qué responsabilidad penal le cabe al ex funcionario, ya se dictaminó que los que obtuvieron la vacuna no cometieron ningún delito del orden penal.
En la lista de los inoculados aparecen desde el presidente Alberto Fernández y las personas de su equipo de prensa hasta el Procurador del Tesoro Carlos Zannini, el periodista Horacio Verbitsky, el ex presidente Duhalde y su esposa Hilda Chiche Duhalde, el ministro de Economía Martin Guzman, el canciller Felipe Sola, Jorge Taiana y Eduardo Valdés y también el propio Ginés González García.
Solo cinco personas de esa lista de 70 individuos que inicialmente reportó el Hospital del Posadas como vacunados no cumplían con las condiciones expresadas en esa resolución, es decir: no eran ni personal de salud ni personas mayores de 60 años ni personas consideradas estratégicas ni personas entre 18 y 59 años con enfermedades expresamente definidas.
Y por eso se las convocó a realizar una declaración testimonial. Alli figuran Juliana y María Eva Duhalde (de 48 y 45 años), el periodista Gabriel Michi (de 52), Néstor Mandraccio (59) e Irene López (43).
Así se desprende de una resolución firmada este jueves por la jueza, que ordenó –por lo pronto- archivar la investigación penal sobre 65 personas que integraban la lista de las 70 personas que recibieron dosis de la Sputnik V cuando aún la vacuna solo estaba destinada a los grupos estratégicos que dispuso el Ministerio de Salud y no había una convocatoria abierta.
En su alegato sostiene que en el Código Penal “no existe un tipo penal que criminalice la conducta de un funcionario público que otorgue tratos especiales como el que es objeto en esta investigación”. Sí pueden ser sometidos a la Ley de Ética Pública.
Y agregó: “Interpretar algunos tipos penales de la parte especial del Código Penal –de vaga e imprecisa redacción- para que forzosamente encuadren en las conductas denuncias se apoya exclusivamente en una interpretación extensiva de los tipos penales y pasa groseramente por alto el carácter fragmentario y subsidiario del derecho penal, como así también el hecho claro, conciso y evidente de que las personas vacunadas se encontraban dentro del grupo considerado como prioritario por la Resolución 2883/20 que expresamente establecía la posibilidad de avanzar simultáneamente entre las diferentes etapas tal como lo recomendaban los especialistas”, afirmó.
El fallo también indica que era el operador del sistema el que elegía cómo detallaba la calidad de la persona vacunada. Fue una maestra jardinera del Hospital Posadas la que terminó catalogando, por ejemplo, al presidente Alberto Fernández como personal de salud.
Asimismo la jueza buscó marcar una diferencia entre los cuestionamientos éticos y los penales. Y analizó las figuras de tráfico de influencias, abuso de autoridad, malversación de caudales, negociaciones incompatibles con la función pública y hasta el delito de propagación de pandemia.
Concluyendo: “La indignación sobre la manera en que se desarrollan ciertos acontecimientos no implica necesaria y automáticamente que deba intervenir el derecho penal. Existen situaciones que no son de nuestro agrado y que repudiamos fuertemente pero no pueden, por sí solas, hacernos dejar de lado los límites de la función que tenemos y, en lo que hace a los jueces, no deben ser suficientes para que dejemos de lado principios constitucionales que operan en materia penal”, expresó.
Con este primer fallo, munchos sostienen que la causa va en vías de cerrarse y archivarse, sin embargo, el paso siguiente será analizar la situación en la que se encuentran los 315 personas que también se vacunaron en el Hospital Posadas y no estaban en el listado original.
La PIA envió los datos de 385 personas, pero incluye a los 70 casos que se analizan en esta resolución, con lo cuál la investigación sigue su curso.
En la causa siguen imputados Gonzalez Garcia; el ex jefe de gabinete del Ministerio Lisandro Bonelli; su secretario privado, Marcelo Cullé y el secretario de la cartera, Alejandro Collia.

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