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CABA: la Justicia ordena que se apruebe un código ambiental

Se trata de un fallo que busca poner fin a una omisión de la Legislatura porteña, que hace 25 años no sanciona una norma específica sobre la materia.

CABA: la Justicia ordena que se apruebe un código ambiental
Una imagen de Puerto Madero desde la Reserva Ecológica de Costanera Sur.

Luego de una causa judicial que llevó cinco años de trámite, el juez Guillermo Scheibler, del fuero Contencioso Administrativo porteño, hizo lugar a un amparo presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y consideró inconstitucional que la Legislatura porteña no haya sancionado un código ambiental para el distrito, exhortando al Legislativo local a solucionar la cuestión con la mayor brevedad.

En su sentencia, el magistrado recuerda que desde la sanción de la Constitución de la Ciudad no se aprobó un código ambiental, y que esta omisión del Poder Legislativo local va contra la propia constitución porteña, pero además impide el derecho a la participación de la ciudadanía en la elaboración de las normas en esta materia.

María Eva Koutsovitis, miembro del colectivo que impulsó la demanda, indicó que “la ciudadanía porteña hace 25 años que espera que la Legislatura sancione un Código Ambiental”, y apuntó a “la destrucción de los grandes espacios verdes públicos, la sobreconstrucción descontrolada que arroja cotidianamente toneladas de cemento en nuestra ciudad y la cementación de la Costanera”. 

“En estos 16 años de gestión macri-larretista en la Ciudad de Buenos Aires se privatizaron el equivalente a 75 Plazas de Mayo de superficies verdes públicas. Se privatizaron y pusieron en venta importantes sectores de nuestra Costanera para la construcción de emprendimientos inmobiliarios que actúan como barreras o murallas frente al ingreso de los vientos frescos que desde la costa deben mitigar el efecto de calentamiento”, agregó.

Por su parte, Jonatan Baldiviezo, abogado de la causa, recordó que “la Constitución de la Ciudad en el año 1996 ordenó la aprobación de un Código Ambiental para la Ciudad de Buenos Aires. En el año 2009, el Plan Urbano Ambiental (PUA) dispuso que debía aprobarse, entre otros, el Código Ambiental”. “Desde el año 1996 hasta la fecha -continuó- la Legislatura omitió cumplir con la obligación constitucional de aprobar el código ambiental para la Ciudad y esto se agravó con la aprobación de nuevo Código Urbanístico y del nuevo Código de Edificación sin tratar el Código Ambiental”. 

Dentro de la sentencia, se explica que la Ciudad avanzó en modificar los códigos que regulan la edificación, pero no tuvo el mismo esmero en ocuparse de las cuestiones ambientales.

Por ejemplo, el 6 de diciembre de 2018 se derogó el anterior Código de Planeamiento Urbano y se dictó un nuevo Código Urbanístico (ley 6099), a la vez que se actualizó y reemplazó el Código de Edificación (ley 6100). Incluso, ese mismo día, se introdujeron importantes modificaciones al Código de Habilitaciones y Permisos hasta entonces vigente (ley 6101). 

“Sin embargo, pese a la previsión constitucional y a lo normado desde la sanción de la Constitución de la Ciudad y del Plan Urbano Ambiental a esta parte no se ha aprobado un Código Ambiental ni se encuentra en tratamiento en la actualidad. Pareciera que, en este punto, el órgano deliberante ha adoptado una postura diferente con relación a los restantes códigos”, asegura el juez en su fallo.

Asimismo, la Justicia considera que al no aprobarse este código ambiental, que debería contar con una instancia de participación ciudadana en su confección, “se priva a la ciudadanía de las instancias participativas previstas para darle voz y formar parte activa en la toma de decisiones”. 

“Sin embargo, dicho espacio de participación especialmente considerado para la regulación de la materia ambiental aún no ha tenido desarrollo, dejando de este modo relegadas las opiniones, conocimientos, propuestas, aportes y demás intervenciones que muchas personas, organizaciones, asociaciones, fundaciones, etc. se inquietan por expresar”, se lee en otra parte del fallo.

Sobre la base de todo ello, es que se concluye que la omisión en la sanción del Código Ambiental "lesiona el derecho a la participación ciudadana de todas las personas de esta Ciudad”. “Corresponde declarar la inconstitucionalidad de la omisión de sancionar dicho código y exhortar al Poder Legislativo a subsanarla a la mayor brevedad posible”, asegura por último el juez en la parte de la sentencia que obliga a la Legislatura a ocuparse del tema.

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