La Justicia declaró ilegal una obra autorizada por el Gobierno porteño
Un nuevo fallo judicial apunta contra el Gobierno porteño por autorizar construcciones en lugares donde no está permitido, o sin cumplir con las reglas en cuanto a la altura de los edificios. Las protestas vecinales lograron frenar algunas de estas iniciativas.
Un detalle de cómo iba a quedar la obra, ahora frenada por la justicia, sobre Avenida de los Incas.
El juez Darío Reynoso declaró la nulidad de un permiso otorgado por el Gobierno porteño para la construcción de un edificio en una de las zonas más exclusivas de la ciudad de Buenos Aires, donde antes funcionaba una estación de servicio.
La medida fue tomada a instancias de una denuncia presentada ante el juzgado 24 por la Sociedad de Fomento de Belgrano R, en relación al inmueble de Avenida De los Incas 3019, en la intersección con Carlos E. Zuberbuhler.
En esa esquina funcionó durante décadas una estación de servicio, que recientemente fue demolida para permitir la construcción de un moderno edificio de departamentos, con valores cercanos al medio millón de dólares por unidad.
De acuerdo a la denuncia vecinal, patrocinada por la organización no gubernamental Observatorio de la Ciudad, el gobierno porteño autorizó que se construyera la misma altura que tenía el comercio, con un máximo de 11,80 metros, lo que superaba el plano límite del Distrito U28, que es el que corresponde a ese sector residencial de Belgrano, rodeado de casonas y los más exclusivos colegios del distrito.
Para declarar ilegal el permiso, el magistrado tomó en cuenta que “no se cumplieron las etapas previas de participación ciudadanas obligatorias que establece la legislación vigente”, además de no respetarse “los parámetros urbanísticos" dispuestos por el Código de Planeamiento Urbano luego de la demolición. “De manera previa a proceder a la aprobación del proyecto se debió dar intervención al Consejo del Plan Urbano Ambiental y al Consejo Consultivo Comunal de la Comuna 13, extremo que no fue cumplido”, aclara la sentencia.
Tras resaltar que al tratarse de una demolición y nueva construcción no puede tomarse la obra como una ampliación de un inmueble con existencia anterior a la legislación actual, el tribunal afirma que el nuevo Código de Planeamiento limita la altura a 8,80 metros.
La obra prevista incluía una planta baja con cocheras y un local comercial, además de 3 pisos de lujosos departamentos con balcón y amenities.
Este fallo se suma a uno similar adoptado también recientemente por el juez Roberto Gallardo, quien frenó la demolición casi total de la ex fábrica Barthel, en el barrio de Coghlan.
El inmueble está ubicado en Ramón Freire 3035/85, y se encuentra catalogado con nivel de protección estructural por la Ley 5117, que hace referencia a las construcciones “singulares", por sus características técnicas difíciles de reproducir.
El predio en cuestión incluye un edificio con habitaciones, más oficinas y pabellones industriales de la ex fábrica de muebles.
Sin embargo, con el argumento de que los pabellones no presentan valor patrimonial, el GCBA autorizó la demolición del 86% del conjunto edilicio, sin tener en cuenta que la legislación protege todo el conjunto sin distinción de partes.
“El importante tamaño de la parcela con los retiros de frente y la tipología edilicia lo presentan como un hito de valor referencial para el barrio”, sostiene uno de los párrafos de argumentación de la ley, que el magistrado tuvo en cuenta a la hora de dictar sentencia. En ese sentido, expuso que “el Poder Ejecutivo no puede desestimar la valoración patrimonial realizada por la Legislatura, ya que no tiene competencia institucional para ello”, una vez que la norma fue sancionada y reglamentada.
El proyecto que en principio había sido autorizado aumentaba en 250% el volumen edificado, ya que llevaba la altura de 2 a 5 plantas, con la construcción de subsuelos en toda la parcela.
La firma Barthel se estableció en 1923 y se dedicó a la fabricación de muebles con el trabajo de hasta 70 obreros, muchos de ellos de la zona, con secciones de carpintería, lustre, tapicería, y diseño. Si bien no dejó de funcionar totalmente, en la actualidad se redujo y se dedica a la restauración y reacondicionamiento de muebles antiguos.
La causa fue impulsada por la Asociación Civil Amigxs de la Estación Coghlan, que en los considerandos de la presentación ante el juez Gallardo destaca que la construcción de nuevos edificios de viviendas impactarán sobre las redes de servicios, que no están en condiciones de abastecer tantas unidades.
También firmaron la presentación la Asociación Vecinal de Saavedra, el Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas y el Observatorio del Derecho a la Ciudad.