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El Tribunal de Casación Penal, integrado por los jueces Victor Violini y Florencia Budiño, determinó a través de una resolución que “no existe una responsabilidad penal en el fallecimiento".

El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires resolvió que la muerte de Lucía Pérez no fue femicidio y anuló la condena de prisión perpetua de Matías Farías. El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Mar del Plata deberá dictar una nueva condena, solo por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, con una máxima de 15 años.
Los jueces Victor Violini y Florencia Budiño determinaron, a través de una resolución, que “no existe una responsabilidad penal en el fallecimiento, ni un dolo eventual en un hipotético caso de homicidio culposo”.
Según los magistrados, la muerte de Lucia Pérez se debió a una combinación de factores, entre ellos sostuvieron que existía un contexto "asimétrico" entre Lucía Pérez que "tenía un consumo problemático de estupefacientes”, y Matías Farías que “se dedicaba al narcomenudeo pero no consumía". Por lo que, el acusado no podría tener conocimiento del desenlace fatal.
Además, remarcaron que Farías no mostró indiferencia ante la situación, ya que intentó asistir a la joven de 16 años y la trasladó a un centro de salud. Por lo tanto, no tenía una "posición de garante sobre Lucía Pérez".
La adolescente de 16 años fue abusada y asesinada el 9 de octubre de 2016 en Mar del Plata. En 2018, se condenó a Farías y a Pablo Offidani por "tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo". En 2020, tras la revisión del caso, se solicitó el inicio de un nuevo juicio y en 2023 se sentenció a la pena de prisión perpetua a Farías por ser autor material del femicidio y a ocho años de cárcel a Offidani por considerarlo partícipe secundario.
Los padres de la joven anunciaron que apelarán al fallo y "seguirán hacia adelante", a la espera de la nueva sentencia.

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