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El decreto establece que las actualizaciones serán trimestrales según la variación del IPC y que parte de los aumentos correspondientes a 2024 y 2025 se aplicarán de manera diferida.

El Gobierno definió un nuevo esquema de actualización de los impuestos aplicados a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono que comenzará a regir en septiembre. La medida quedó plasmada en el Decreto 617/2025, publicado este viernes en el Boletín Oficial.
El texto del decreto aclara que “se previó que los referidos montos fijos se actualizasen por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”. A su vez, se recordó que la Ley 23.966 determina que la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil deben ajustarse de manera trimestral siguiendo ese mismo indicador.
En otro pasaje de la resolución, se señala que “con el propósito de continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible, resulta necesario, para los productos en cuestión, diferir parcialmente los incrementos originados en las actualizaciones correspondientes al año calendario 2024 y al primer y segundo trimestres calendario del año 2025”.
En lo que respecta a los montos que se aplicarán a partir de septiembre, se estableció que el gasoil tendrá un incremento de $8.577 por litro para el gravamen general, $2.895 para la alícuota diferencial de la Patagonia y otras regiones del interior, y $0,978 por litro en concepto del impuesto al dióxido de carbono.
Para las naftas, la actualización se fijó en $10.523 por litro en el gravamen sobre combustibles líquidos, junto con un ajuste adicional de $0,645 por litro en el tributo al dióxido de carbono.

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