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El máximo tribunal rechazó un recurso de la defensa y dejó firmes las decisiones adoptadas por el TOF 2 y Casación, además de pronunciarse sobre el régimen de visitas y la circulación en el domicilio.

En una nueva resolución vinculada a la causa Vialidad, la Corte Suprema de Justicia dejó firme la obligación de que Cristina Fernández de Kirchner continúe utilizando la tobillera electrónica mientras cumple la prisión domiciliaria en su vivienda de la calle San José 1111, en la Ciudad de Buenos Aires. La definición se produjo luego de que el tribunal rechazara un recurso con el que la defensa buscaba dejar sin efecto el sistema.
El fallo también se conoció tras el rechazo del planteo para apartar a los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti, quienes ya habían intervenido al momento de confirmar la sentencia en junio del año pasado. Con esta decisión, quedaron ratificadas las condiciones bajo las cuales la expresidenta cumple la pena de seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
Al evaluar los argumentos presentados, los ministros del tribunal entendieron que la defensa no cuestionó de manera adecuada las razones expuestas tanto por el Tribunal Oral Federal N.º 2 como por la Cámara Federal de Casación Penal para disponer el uso del dispositivo de monitoreo. En ese marco, la Corte señaló: “El dispositivo de monitoreo electrónico resulta, por regla, una exigencia normativa, cuya inconstitucionalidad no ha sido planteada y que, justamente, al decir del a quo (tribunal), tiende a coadyuvar al control judicial sobre la restricción ambulatoria que pesa sobre quienes cumplen una pena privativa de la libertad en la modalidad de prisión domiciliaria”.
El pronunciamiento no se limitó al uso de la tobillera electrónica, sino que también abarcó aspectos relacionados con el régimen de visitas en el domicilio donde la ex mandataria cumple la medida. Uno de los planteos analizados fue el pedido de la defensa para ampliar la nómina de personas autorizadas a ingresar al departamento, más allá del círculo familiar, médico y legal.
Sobre ese punto, el Tribunal Oral Federal N.º 2 resolvió que cada visita que no esté comprendida dentro de las categorías ya habilitadas deberá contar con una autorización previa y una justificación concreta. La decisión tuvo en cuenta la cantidad de personas que asisten al domicilio y el cambio en las condiciones del régimen de visitas dispuesto el 19 de noviembre de 2025, motivo por el cual la Corte consideró que ese reclamo había quedado abstracto.
En relación con la circulación dentro del edificio, el juez Gorini autorizó a Fernández de Kirchner a utilizar la terraza por un máximo de dos horas diarias y confirmó que puede salir al balcón de su departamento sin restricciones. De esta manera, la resolución dejó establecido que la expresidenta continuará cumpliendo la prisión domiciliaria bajo monitoreo electrónico y con controles judiciales que se renovarán de forma trimestral.

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