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La Corte Suprema invalidó el sobreseimiento del "Pata" Medina y su hijo en la causa UOCRA

El fallo sostuvo los argumentos de la Procuración y dispuso que un tribunal con distinta integración review las acusaciones contra los dirigentes sindicales.

La Corte Suprema invalidó el sobreseimiento del "Pata" Medina y su hijo en la causa UOCRA

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la absolución del ex secretario general de la UOCRA La Plata, Juan Pablo “Pata” Medina, de su hijo Cristián Isidoro Jesús Medina y de los restantes procesados en el expediente que investiga presunta extorsión, lavado de activos y asociación ilícita. Los ministros Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti hicieron lugar al planteo interpuesto por el fiscal general ante Casación, Raúl Pleé, anulando lo actuado por la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal.

Al manifestar que comparten “los fundamentos y conclusiones” de la Procuración, los magistrados dispusieron el reenvío del expediente para que otra integración de Casación pronuncie un nuevo fallo. En su impugnación, Pleé aseveró que las resoluciones previas “privan al Ministerio Público Fiscal del ejercicio de su deber constitucional de promover la actuación de la justicia e impiden determinar en el debate oral y público la verdad respecto a los hechos imputados”.

La causa contra el dirigente gremial comenzó en septiembre de 2017 bajo las órdenes del juez federal Luis Armella, quien dispuso su detención, procesamiento y un embargo por 200 millones de pesos. Tras obtener la prisión domiciliaria en Ensenada durante febrero de 2020, el Tribunal Oral Federal 2 de La Plata lo excarceló un año después con la expresa prohibición de encarar tareas sindicales; al infringir esa restricción, Medina volvió a ser arrestado.

El proceso marchaba hacia el juicio oral hasta que en octubre de 2022 el juez Alejandro Esmoris dictó la nulidad de las actuaciones y sobreseyó a los acusados. El magistrado consideró que las imputaciones derivaban del expediente conocido como “Gestapo” o “mesa judicial”, formulado por la Agencia Federal de Inteligencia en la presidencia de Alberto Fernández. Según sostuvo Esmoris, la persecución “no sería más que el fruto de los delitos que se vienen investigando” por “actividades de inteligencia ilegal” vinculadas a un “proyecto delictivo más amplio”.

Aunque la apelación fiscal fue rechazada en Casación con los votos favorables de Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, frente a la postura en disidencia de Guillermo Yacobucci, la intervención del máximo tribunal revirtió esa decisión y reabrió la tramitación judicial del caso.

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