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Baja la edad de imputabilidad, ¿disminuye el delito?

El oficialismo buscará tratar en las sesiones extraordinarias del Congreso la baja en la edad de imputabilidad a los 15 años. ¿Representará esto una merma en el crimen?, ¿cómo se insertan nuevas políticas con un ministerio que tendrá en 2019 una pérdida sobre su partida presupuestaria de casi el 8%?.

Baja la edad de imputabilidad, ¿disminuye el delito?
En los últimos días, el oficialismo hizo públicas (nuevamente) sus intenciones de enviar un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad.

Sobre el inicio de esta semana, fue la propia ministra de Seguridad Patricia Bullrich quien planteó haber llegado al consenso necesario para actualizar la imputabilidad en los delitos graves a los 15 años.

Con el propósito de que la “mano justa” (y no “mano dura”, Durán Barba tip) y la agenda de seguridad marquen el pulso del 2019, Cambiemos continúa profundizando la instalación de las discusiones de una serie de medidas vinculadas con este punto. 

Lo cierto es que el proyecto del nuevo régimen penal juvenil ya había sido anunciado durante el año 2017 por el ministro de Justicia, Germán Garavano. No obstante, en los últimos días el oficialismo hizo públicas (nuevamente) sus intenciones de enviar un proyecto de ley para bajar la edad de imputabilidad.

Ahora bien, suponiendo que la ley se trate y eventualmente resulte aprobada, ¿significará esto una disminución en los delitos?, y además, ¿cómo se inserta este y los restantes anuncios de la titular de la cartera en Seguridad con el hecho de que la inflación proyectada para el 2019 significará una baja real del presupuesto en todos los ministerios (del 7,9% en la cartera de Seguridad). 

Siguiendo una tendencia argentina, las cifras y estadísticas sobre la incidencia de la edad como variable en el delito son escasas. En concreto, y tomando como base un informe del Consejo de la Magistratura sobre la Ciudad de Buenos Aires, se ilustra que en el año 2017, de 221 acusados por homicidios, solo 7 eran menores de 18 años (un 3,17% total).

En la Provincia de Buenos Aires por su parte, el distrito más poblado de toda la Argentina, los últimos datos de la Procuración General de la Suprema Corte Bonaerense, muestran que en el año 2017, del total de los delitos cometidos y registrados, el 3,3% de los mismos fueron cometidos por menores de edad.

A su vez, en términos regionales comparados, podemos observar que nuestro país cuenta con la edad de responsabilidad criminal más alta de la región, siendo Trinidad y Tobago (con 7 años) quien cierra el listado. 

Sobre el caso en cuestión, en la actualidad el país se rige por la Ley 22278 denominada “Régimen Penal de la Minoridad” y promulgada el 25 de mayo de 1980, en el marco de la última dictadura.

En este sentido, se presenta como referencia la red denominada Argentina No Baja, quienes si bien resaltan la relevancia de crear un nuevo encuadre legal, se plantan ante "la idea demagógica y regresiva de bajar la edad de punibilidad".

Desde este espacio es que son presentados seis puntos para entender por qué motivos la baja en la edad de imputabilidad no soluciona un problema multidimensional y a largo plazo como es el de la inseguridad:

1. NO SIRVE la propuesta de bajar la edad de punibilidad para lograr mayores niveles de seguridad, el porcentaje en los delitos es ínfimo. 

2. EMPEORA la situación en vez de resolverla. Por la naturaleza de los delitos cometidos por los más jóvenes, aplicar políticas de endurecimiento penal es contraproducente.

3. UTILIZA a los adolescentes como “chivo expiatorio” de las situaciones de violencia, violación de derechos, pobreza y delincuencia que, en realidad, son los primeros en sufrir.

4. CONFUNDE la necesidad de establecer un Régimen Penal Juvenil con un nuevo sistema penal juvenil respetuoso de los derechos y garantías de los y las adolescentes debe regir para la franja de 16 y 17 años.

5. ES INCONSTITUCIONAL porque viola el principio de no regresividad, que implica que no se puede retroceder en un derecho. 

6. ESTADO SOCIAL ANTES QUE PENAL: El Estado debe garantizar a los niñas niños y adolescentes por mandato constitucional y convencional de derechos humanos, todos sus derechos. En los casos en que a algún niño, niña o adolescente se le imputara la presunta comisión de un delito, lo que debe aplicarse son políticas de promoción y protección de derechos previstas en la Ley 26.061.