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Un juez de Córdoba condenó a tres años de prisión efectiva a Bryan David Poplin, un estudiante de arquitectura (31) que admitió haber cometido los delitos de distribución y facilitación de imágenes pornográficas de menores de edad.
Además, reconoció mantener contactos tecnológicos con niños con fines sexuales y promoción a la corrupción de menores. La sentencia fue dictada por el juez de Control número 3, Esteban Díaz Reyna.
Este delito se denomina grooming. Se trata del contacto de un adulto con un menor a través de una plataforma digital con fines de índole sexual.
Poplin se comunicaba a través de la red social Instagram, con un perfil denominado “argentinagringo”. Allí se contactaba con dos adolescentes de trece años, a las que enviaba mensajes para generar un vínculo "que le permitiera atentar contra su integridad sexual".
El imputado, que había nacido en los Estados Unidos, se ganó la confianza de una de las víctimas, que residía en Villa Carlos Paz, y logró que le brindara su número de teléfono para continuar así el contacto vía Whatsapp.
Por este medio, en forma insistente, Poplin solicitaba a la niña que le enviara fotografías y videos de su cuerpo desnudo y la víctima, finalmente, le envió varias imágenes de contenido sexual.
Poplin también formuló este tipo de pedidos a la otra menor –que residía a unos 50 kilómetros de la ciudad de Córdoba-. Desde su perfil de la red social Instagram, y logró que le enviara una fotografía.
Según la requisitoria fiscal, la conducta del acusado tuvo la aptitud suficiente para menoscabar la integridad sexual y para torcer el normal desarrollo de la sexualidad de la primera de esas víctimas.
El primer juicio de grooming seguido de femicidio en el país fue el de Micaela Ortega. El asesino de la menor, Jonathan Luna fue condenado a prisión perpetua el 10 de octubre de 2017, marcando un precedente en el país.
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