Ir al contenido
Logo
Actualidad

Cuáles fueron los Diputados que fueron expulsados del Parlamento en la historia

A raíz de los sucedido con el Diputado Ameri que fue suspendido por una conducta inapropiada te contamos cuáles fueron los Diputados que fueron removidos del Parlamento a lo largo de la historia Argentina. 

Cuáles fueron los Diputados que fueron expulsados del Parlamento en la historia

La exclusión es “la máxima sanción disciplinaria, ya que importa la separación del cargo de un legislador o diputado como consecuencia de un acto de inconducta de tal gravedad que torna inconveniente su permanencia en el mismo”. Así lo remarca en el libro “Derecho Procesal Parlamentario”, editado en 2012  por el ex presidente provisional del Senado Eduardo Menem y donde detalla todos los casos en los que se cumplió la ley y se expulsó a quienes estaban en un alto cargo por violar las conductas establecidas por la comunidad parlamentaria. 

  • La primera vez que se hizo uso de este derecho fue en 1853 a Pedro Ferré, representante de Catamarca en la Convención Constituyente,  por negarse a seguir actuando en las sesiones posteriores a la sanción de la Constitución, en las que dicha Convención se constituyó como Poder Legislativo, argumentando que su mandato era para redactar el texto constitucional y no de índole legislativa. La decisión tomada en ese momento fue "borrar" al diputado Ferré del número de diputados del Congreso General Constituyente. 
  • El segundo caso fue en el año 1867, donde Eusebio Ocampo y Buenaventura Sarmiento fueron removidos de sus cargos bajo  la imputación de haber cooperado con una rebelión contra el Gobierno Nacional producida en la provincia de Cuyo.
  • En 1874 fueron expulsados los diputados Juan Andrés Gelly y Obes y Francisco de Elizalde por no haber asistido a las sesiones de la Cámara durante dos meses. Escudándose en una posición partidaria que era desconocida hasta el momento por la legitimidad de la cámara. 
  • En 1925 se desvinculó a Luis Olmedo Cortés y José Núñez, por la imputación de enriquecimiento ilícito, al encontrar que tenía grandes cantidades de dinero en el Banco de Mendoza. 
  • En 1940  fue excluido de su cargo el diputado José Guillermo Bertotto por estar vinculado al caso de venta de tierras de El Palomar a el Gobierno de la Nación. 
  • En 1948 fue expulsado el diputado Roberto Sanmartino a raíz de la expresión de conceptos considerados agraviantes para el entonces presidente de la Nación, Juan Domingo Perón
  • En 1955 el diputado Roberto A. Carena quedó fuera del Parlamento al renunciar a la banca por disconformidad con la separación de la Iglesia del Estado.
  • En 1991 se expulsó  al diputado Angel Luque por el crimen  de María Soledad Morales, en la Provincia de Catamarca. 
  • En 2002 se separó de su cargo a la diputada Hilda Norma Ancarani de Godoy bajo la imputación de amenazas en contra de dos periodistas de un medio televisivo.

La cámara de Diputados de la Nación Argentina está integrada por 257 diputados nacionales quienes representan directamente al pueblo de la Nación. Tienen mandatos de cuatro años y pueden ser reelegidos indefinidamente. Son elegidos utilizando el sistema de representación proporcional D'Hondt en cada uno de los 24 distritos autónomos que integran la federación (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Cada dos años la Cámara renueva la mitad de sus miembros. 

¿Cuáles son los requisitos para ser Diputado en la República Argentina? 

Haber cumplido la edad de veinticinco años

Tener cuatro años de ciudadanía argentina en ejercicio

Haber nacido en el distrito en el que se postule o dos años de residencia inmediata en el mismo

El cargo es incompatible con posibles empleos o comisiones dependientes del Poder Ejecutivo nacional, salvo que la Cámara lo autorice o se trate de los empleos de escala, es decir cargos superiores de la administración pública, obtenidos por concursos o por ascensos en la carrera administrativa, en cuyo caso corresponde pedir licencia con resguardo del empleo.

Un diputado tampoco puede ser eclesiástico regular ( miembro de una orden o una congregación religiosa católica), ni tampoco gobernante provincial en ejercicio.