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Decreto de cuarentena obligatoria: ¿Cuáles son las excepciones?

Cuáles son los servicios y actividades que continuarán funcionando por ser considerados esenciales para asegurar el abastecimiento de alimentos, medicamentos y combustibles.

Decreto de cuarentena obligatoria: ¿Cuáles son las excepciones?

El presidente, Alberto Fernández, anunció esta tarde un aislamiento social, preventivo y obligatorio para aplanar la curva de contagios del coronavirus y los ciudadanos deberán permanecer en sus casas y solo podrán hacer salidas estrictamente necesarias. 

"Vayamos a descansar tranquilos, tenemos muchos días para cuidarnos y por delante una pelea que debemos dar como los argentinos. Gracias a todos", finalizó Fernández su mensaje en el que aclaró las pautas del decreto de necesidad y urgencia que reglamentará la cuarentena. 

En su discurso, que el presidente dio rodeado por gobernadores de la oposición y el oficialismo, aseguró que ciertas profesiones estarán exentas del aislamiento para poder acudir a sus puestos de trabajo, considerados esenciales

En ese grupo se encuentran:

  • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ,Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  • Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.
  • Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  • Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  • Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  • Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  • Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  • Personal afectado a obra pública.
  • Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  •  Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  • Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  • Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  •  Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  • Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  • Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc) y atención de emergencias.
  • Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
  • Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  • Servicios de lavandería.
  • Servicios postales y de distribución de paquetería.
  • Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  • Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  •  Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
     

Incluso anunció el presidente, agentes de Prefectura, Gendarmería, Policía Federal y policías provinciales, patrullarán las calles para detectar a quienes no cumplan con el aislamiento. 

Por último y como es sabido, los trabajadores de la Salud continuará con su titánica tarea de curar a los pacientes infectados. En su honor y del trabajo que realizan, a las 21 horas se realizó un aplauzaso para respaldarlos.