Participaron autoridades de la AMIA, la DAIA, el Gobierno de Israel y la jueza Sandra Arroyo Salgado.

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La iniciativa había quedado pendiente de reglamentación, tras haber sido promulgada en los últimos días de marzo a través del Decreto 268/2020.

En línea con lo anunciado durante la semana pasada por el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el presidente Alberto Fernández firmó la reglamentación de la Ley de Góndolas. Así, entró en vigencia la norma sancionada por el Congreso Nacional en febrero, que promueve la oferta de una mayor cantidad de marcas en los supermercados con el objetivo bajar los precios de los productos.
La iniciativa se promulgó en los últimos días de marzo a través del Decreto 268/2020, tras haber sido sancionada por el Congreso en la última sesión extraordinaria de febrero, y había quedado pendiente de reglamentación para su entrada en vigencia. El objetivo de la norma es contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar "sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores".
Asimismo, apunta a "evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado".
De esta forma, la ley establece que los productos de una marca no pueden ocupar más del 30% de la góndola y que de un producto, por ejemplo, de fideos o galletitas, debe haber 5 marcas diferentes, como mínimo. El 25% de los productos deben ser de las Pymes, cooperativas o mutuales y el 5% de los productos deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular.
Los productos de menor precio deben estar en el sector medio de la góndola y en la primera página del sitio web donde se muestren los productos; mientras que en la isla de exhibición y en los exhibidores que están pegados a la caja donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.
Adicionalmente, la ley indica a los supermercados que deberán contemplar distintos plazos y condiciones de contratación a los distintos proveedores según sean pymes o sectores de la economía popular, y no podrán exigir aportes o adelantos financieros a los proveedores ni imponerles la entrega de mercadería gratuita o por debajo del costo de provisión como condición para exhibir los productos.

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