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Actualidad #Alquileres

Habemus dictamen: ¿Qué dice el proyecto de Ley de Alquileres?

Se propone una actualización de los contratos a través de un indice que contempla el costo de vida y la evolución de los salarios, también se extiende el plazo de contrato.

Habemus dictamen: ¿Qué dice el proyecto de Ley de Alquileres?

Luego de varias jornadas de negociaciones y meses de estancamiento parlamentario se llegó a un dictamen único para tratar en el recinto. Con cerca de 9 millones de inquilinos en nuestro país y una ley que cumple más de 30 años, hay gran expectativa en conseguir la media sanción del proyecto. 

"En Argentina hace muchos años que no tenemos ley de alquileres. Hemos trabajado mucho para encontrar consensos, fue un gran desafío. Se trabajó mucho entre los bloques, y al interior de los mismos, porque también había diferencias", dijo el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky.

¿Qué novedades trae el proyecto? 

  • Extensión del plazo mínimo de alquiler. Actualmente es de 2 años y pasaría a ser de 3. 
  • Extensión en el plazo de actualización del alquiler. Actualmente es semestral y pasaría a ser anual (no importa el valor del contrato). 
  • La actualización del precio de alquiler se calculará en base a una fórmula de indexación mixta que combina en partes iguales la evolución de la inflación (IPC) y de los salarios (RIPTE).
  • El depósito de entrada será de sólo un mes y con un monto que no puede ser mayor al valor del primer mes de alquiler. 
  • Ampliación en la gama de opciones que los inquilinos pueden presentar al propietario en concepto de garantía: ya no sólo se admitirán inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios. Se deberán presentarían dos opciones y el propietario aceptará una para formalizar el contrato.
  • Se fija que los gastos de expensas extraordinarias quedan a cargo del propietario y no del inquilino, incluso cuando están incluidas en las expensas ordinarias. 
  • Se podrá interrumpir el contrato y abandonar la vivienda en forma anticipada sin pagar indemnización, si cumplen con un mínimo tres meses de aviso previo.
  • La totalidad de los contratos deben ser inscriptos ante la AFIP para evitar la evasión impositiva y posibles abusos por fuera de la formalidad legal.
  • En el caso de que un tercero medie en la relación contractual de alquiler, los únicos agentes reconocidos legalmente por sus incumbencias profesionales sean los corredores matriculados.

Que sea Ley

Se celebra que se haya llegado a un dictamen único, que supone el acuerdo entre  los cuatro proyectos presentados que llevan la firma de los diputados Lipovetzky (PRO), Felipe Solá (Red por Argentina), Agustín Rossi (FpV-PJ) y Silvia Horne (Movimiento Evita). Sin embargo, vale destacar que el mismo tiene validez hasta el 30 de noviembre (cuando terminan las sesiones ordinarias). De lo contrario, se caerá y se deberá consensuar otro tras la conformación de la nueva Cámara el próximo año.

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