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La ANMAT prohibió la comercialización de tres aceites de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió además una serie de equipamiento médico. 

La ANMAT prohibió la comercialización de tres aceites de oliva

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes "la comercialización en todo el territorio nacional" de tres aceites de oliva y una serie de equipamiento médico

La Disposición 6188/2020 publicada en el Boletín Oficial establece la prohibición de: "Aceite de oliva Clásico", "Aceite de oliva Clásico saborizado con Ajo" y "Aceite de oliva Clásico saborizado con Tomillo", todos de la marca "La miaterra", con RNPA N° 025- 13031995, envasados por RNE N° 13005447, Producidos en Mendoza, República Argentina por ser productos falsamente rotulados que utilizan los registros sanitarios de otra razón social dados de baja en el año 2014.

Ante ello la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) determina que resultan "productos ilegales" y que "por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República".

Por su parte, la Disposición 6177/2020 establece la prohibición del "uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto el titular del registro tome posesión de los equipos para su verificación y certificación de su estado, de los productos rotulados como: sistema de navegación para electrofisiología 'CARTO 3: Código FG540000- serie 14278', sistema de navegación para electrofisiología 'CARTO XP: código XPV2007-serie 6278' y bomba de irrigación 'COOLFLOWPUMP: Código CFP002-serie 4270'".

En las razones del considerando señala que "en virtud de una notificación realizada por la co-directora técnica de la firma JOHNSON & JOHNSON MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA, firma que se encuentra habilitada por esta Administración Nacional como empresa importadora de Productos Médicos, la firma manifiesta que con fecha 29 de junio de 2018 había finalizado la relación comercial con la distribuidora cuya titular era la señora María Cristina KAIAL, CUIT N° 27-16817485-9, con domicilio la calle Juan de Garay 2844, Local A de la ciudad de Santa Fé, provincia de Santa Fé".

Y que "teniendo en cuenta lo expuesto, la firma JOHNSON & JOHNSON MEDICAL S.A. requirió mediante carta documento los equipos médicos, de su titularidad de marca BIOSENSE WEBSTER, que fueron entregados en condición de comodato a la señora María Cristina KAIAL".

Los mismos se encuentran en la actualidad sin mantenimiento, ni verificación por parte de la firma, por lo tanto se desconoce el estado actual de los productos médicos.

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