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Deportes #River#copa libertadores

Conmebol sancionó a River: suspendió el Monumental y U$S 200.000 de multa

A minutos del partido con Arsenal por la Superliga, la Confederación presentó el fallo en el que se explica la dura resolución a partir de lo ocurrido en el partido con Boca por semifinales.

Conmebol sancionó a River: suspendió el Monumental y U$S 200.000 de multa
River no podrá jugar con hinchas el próximo partido como local (Foto: Twitter @Conmebol)

Conmebol pone un poco más de calor en el último día de la semana y presentó un nuevo fallo desde el Comité de Disciplina que tiene a River como protagonista y como responsable de una de las sanciones más altas que ha publicado el ente sudamericano al respceto. Esta vez, la misma tiene que ver con el partido de ida ante Boca, en el Monumental.

Por el uso de bengalas en el estadio y hallando al club responsable por la misma, la Confederación Sudamericana de Fútbol le prohibió al conjunto millonario llevar público en su proximo partido como local en Núñez, además de 200 mil dólares de multa por el mismo hecho, debitado del premio final.

River fue sancionado por el uso de bengalas en el partido ante Boca. Foto: Twitter

Al haber final única, en caso de pasar de etapa, la suspensión correrá para el primer partido de la proxima edición de la Libertadores, a la que ya está clasificado, o para la Recopa Sudamericana en el caso que las fechas sean a principio de año y, obviamente, que los de Gallardo levanten la Cop otra vez.

El comunicado de Conmebol contra River Plate

El Tribunal de Disciplina de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar su próximo
partido como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puertas cerradas.
En consecuencia, única y exclusivamente, podrán acceder al estadio las siguientes personas o
grupos de personas:
a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO RIVER
PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y
directivos del Club.
b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros de la
Asociación del Fútbol Argentino.
c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los detalles y
la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de la CONMEBOL con
al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora de inicio del partido. Los
periodistas deben realizar su trabajo en los lugares habituales de labor.
d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.
e) 12 (doce) Pasapelotas.
f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en relación
con la seguridad del partido.
g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del estadio
(iluminación, limpieza, etc.)
h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas incluidos los
jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLETICO RIVER PLATE una multa de USD 200.000 (DOSCIENTOS MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del
monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos
de Televisación o Patrocinio.

3º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 21TER del Reglamento
Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

4º. NOTIFICAR, al CLUB ATLETICO RIVER PLATE.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo
de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de la presente decisión conforme
al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la
cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada
mediante transferencia bancaria


Eduardo Gross Brown
Presidente  

Amarilis Belisario
Vicepresidenta

Cristóbal Valdes
Miembro

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