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Lanús: Condenaron a perpetua al hombre que mató a su expareja y a la hija de ella

Abel Alejandro Romero Lugo asesinó a Cristina Iglesias y a su hija Ada, de 7 años, en pleno aislamiento por pandemia y las enterró en el fondo de una vivienda. Hoy, el Tribunal Oral en lo Criminal de Lomas de Zamora lo condenó a por el delito de "doble crimen agravado por el vínculo y alevosía"

Lanús: Condenaron a perpetua al hombre que mató a su expareja y a la hija de ella
Abel Alejandro Romero

Un hombre de 27 años fue condenado este lunes a la pena de prisión perpetua por el doble femicidio de su expareja y la hija de ella de 7 años. El hecho ocurrió en abril del 2020, en pleno ASPO por la pandemia del Covid-19, en la localidad bonaerense de Monte Chingolo, partido de Lanús.

El femicida es Abel Alejandro Romero Lugo quien fue hallado culpable del “homicidio calificado por el vínculo y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género en concurso real con homicidio calificado por su comisión por alevosía" contra Cristina Beatriz Iglesias de 40 años y su hija, Ada Antonia Iglesias.

Ambas fueron degolladas y enterradas en el fondo de una vivienda de la calle Domingo Punta 4064, de Monte Chingolo, en el sur del conurbano, el 25 de marzo de 2020, a cinco días de iniciado el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) por la pandemia de coronavirus.

Cristina Beatriz Iglesias de 40 años y su hija, Ada Antonia Iglesias, de 7

Romero Lugo, quien era pareja de Cristina al momento del hecho, fue detenido dos días después y, tras inventar una coartada, terminó confesando el doble femicidio y dijo que asesinó a su novia cuando consumían pastillas y alcohol y que luego mató a la niña, tras lo cual cavó el pozo en el fondo de la casa y enterró los cuerpos.

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Lomas de Zamora encabezado por la jueza Mariela Gianina Aprile quien con este fallo avaló el pedido realizado por la querella, integrada por los abogados Mariano Lizardo y Paula Ojeda.

En tanto, la abogada Ojeda -especialista en género-, dijo a Télam que “se peleó hasta el último momento la calificación del agravante por violencia de género a pesar de que la fiscal de juicio, que es mujer, solicitó que no sea juzgado como un femicidio”.

Es que la representante del Ministerio Público Leila Selem, a cargo de la acusación en el debate, pidió al alegar que Romero Lugo sea condenado por el delito de "doble homicidio doblemente agravado por alevosía y por el vínculo", sin el agravante del inciso 11 del artículo 80 del Código Penal.

En sus últimas palabras el ahora condenado pidió "perdón" y dijo estar "arrepentido". Su defensa no se opuso a los hechos y "consintió la autoría y responsabilidad de Romero Lugo en el doble crimen, aunque sí discutió los agravantes y solicitó que fuera condenado por el delito de "doble homicidio simple".

Sin embargo, durante el juicio Romero Lugo declaró que una vecina de las víctimas había sido la autora de los crímenes porque "quería quedarse con la casa donde vivían las mujeres”, y aseguró que fue "amenazado de muerte" y que por "miedo" se autoncriminó. Esa versión fue distinta a otras dos que brindó con anterioridad.

En la elevación a juicio - a la que tuvo acceso Télam -, el fiscal reseñó que en una declaración informal ante la policía el imputado acusó a un conocido suyo que le vendía marihuana para consumir y realizó relatos "telenovelescos e inverosímiles en los que, increíblemente, resultaba una víctima que obraba coercionado en aras de permanecer vivo".

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