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Quiso renovar el registro pero lo rechazaron porque debe la cuota alimentaria

La justicia le rechazó la renovación de su registro de conducir porque tiene una deuda desde hace años con su ex mujer por la manutención de una de sus hijas. El hombre, que es chofer, deberá pagar si quiere continuar manejando. 

Quiso renovar el registro pero lo rechazaron porque debe la cuota alimentaria

Un hombre había pedido a la Justicia poder renovar su registro de conducir pero se le fue negado por deberle a su ex mujer el dinero de manutención de sus dos hijos. El hombre está incluido en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. 

Los jueces de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en los Contencioso AdministrativoFernando Juan Lima y Esteban Centanaro, compartieron las razones del Fiscal de Cámara, quien en su dictamen sostuvo que “no se advierte un accionar manifiestamente arbitrario por parte de la demandada -gobierno porteño-, quien se limitó a efectuar una aplicación lisa y llana del Código de Tránsito local”.

El hombre que hizo el pedido trabajaba como chofer desde 1985 hasta que su ex pareja y madre de dos hijos inició un proceso judicial para el cobro de una cuota alimentaria para uno de ellos. Hoy no tiene un trabajo formal y por la deuda no le permiten acceder al registro para poder trabajar. 

En junio, cuando se conoció el falló de primera instancia, el caso desató debate ya que sin licencia no puede trabajar como para pagar la deuda. Aún así, la Justicia le había otorgado un beneficio previsto en el artículo 6° de la Ley 269, que habilitaba a quienes se encontrasen inscriptos en el registro a solicitar, esgrimiendo motivos laborales, una licencia provisoria por única vez que caducaría al año de otorgada. Ergo, hizo uso de esa posibilidad que le permitió trabajar pero en ese tiempo tampoco canceló la deuda alimentaria.

En marzo de este año, en Córdoba, un hombre que debía casi $ 200.000 de cuota alimentaria y se quiso ir a Nueva York no pudo subir al avión. Quería irse de vacaciones con su mujer y dos de sus hijas, pero la Justicia se lo impidió porque adeudaba un año y medio de alimentos de su hija mayor, de otro matrimonio.

Otro caso fue el de un hombre que debía $ 800.000 de cuota alimentaria de sus tres hijos la Justicia ordenó que le prohibieran entrar al San Isidro Club. El fallo se basó en un artículo del Código Civil que permite tomar medidas alternativas para exigir el pago.

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