La resolución fue dictada en el marco de un amparo presentado por una familia con dos hijos menores con discapacidad.
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La Justicia anuló el veto presidencial a la ley de Emergencia en Discapacidad
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Convirtió en ley el proyecto con 43 votos a favor, 20 en contra y seis abstenciones.
El Senado ratificó la suspensión de las PASO y este año no habrá elecciones primarias. El proyecto se convirtió en ley con 43 votos afirmativos, 20 negativos y seis abstenciones, en una álgida sesión marcada por el escándalo cripto que envuelve al presidente Javier Milei.
La iniciativa fue aprobada con el aval del bloque libertario, casi todo el PRO, las Provincias Unidas y un sector de la Unión Cívica Radical (UCR). También colaboró un grupo de senadores del interbloque kirchnerista, que replicó en la Cámara alta el quiebre que ya había exhibido en Diputados.
Entre los votos negativos, sobresalieron el de Fracisco Paoltroni (ex libertario); los radicales Martín Lousteu y Maximiliano Abad; y los kirchnristas José Mayans, Anabel Fernández Sagasti y Oscar Parrilli, de los más cercanos a la ex presidenta Cristina Kirchner.
En una semana difícil para el Gobierno, marcada además por la polémica entrevista televisiva del presidente Javier Milei, el Gobierno obtuvo una importante victoria legislativa. Según sus propios cálculos, la suspensión de las PASO implicará un ahorro de 150 millones de dólares.
En una jornada positiva, el oficialismo también celebró que el Senado haya rechazado -por un voto- la conformación de una comisión para investigar el escándalo de la criptomoneda $Libra y la presunta participación del presidente Javier Milei en el proyecto que ocasionó pérdidas millonarias.
La Cámara alta también aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal Federal para que los delincuentes reincidentes queden detenidos. La iniciativa se aprobó en general con 67 votos afirmativos, sin rechazos ni abstenciones.
Establece que si alguien está procesado y comete un nuevo delito, se proceda a la detención, al reemplazar el concepto de reincidencia por reiterancia.
La modificación dice que se considerará reincidente a "toda persona que haya sido condenada dos (2) o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme".
La resolución fue dictada en el marco de un amparo presentado por una familia con dos hijos menores con discapacidad.
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