La entidad colombiana recomendó a la población del país sudamericano estar atenta a las recomendaciones de las autoridades.

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La firma, con sede en Rosario, no pudo justificar movimientos de productos sensibles ni presentó la documentación requerida por la normativa vigente.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió suspender preventivamente la autorización que habilitaba a la droguería Alfarma S.R.L. a realizar traslado de medicamentos entre jurisdicciones. La medida quedó establecida en la Disposición 3989/2025 y se mantendrá activa hasta que la empresa demuestre cumplir con las Buenas Prácticas de Distribución.
Inspectores del organismo realizaron una auditoría en el establecimiento de la firma, ubicado en calle Garay 538, en Rosario. Allí, se identificaron deficiencias graves y muy graves en los procedimientos, entre ellas la falta de respaldo documental para los movimientos informáticos detectados en su sistema interno. La empresa admitió que no contaba con los registros exigidos: ni procedimientos escritos, ni contratos, facturas o instructivos que permitieran verificar la trazabilidad de los productos.
Durante la inspección se observaron inconsistencias en el seguimiento de un medicamento sensible: Fentanilo HLB 0.05 mg/ml por 5 ml, correspondiente al lote 31202. La información registrada en el sistema de gestión no coincidía con los documentos de origen del producto.
Otro punto señalado en el acta fue la diferencia entre la cantidad de unidades declaradas y las efectivamente halladas en depósito. En el caso del producto Rolfita 500 x 1000 comprimidos, lote 3D47238A, con fecha de vencimiento en marzo de 2026, se encontraron 80 cajas, mientras que los documentos exhibidos indicaban la compra de 100. No se presentó ninguna constancia que justificara el faltante de 20 cajas.
A esto se sumó la detección de un remito emitido por la droguería desde una dirección en CABA (Yerbal 1021, 5° A), que no cuenta con habilitación sanitaria, lo que representa una infracción a las normas que regulan el transporte y la distribución de productos médicos.
Según lo dispuesto por el marco regulatorio vigente, y conforme a la Disposición ANMAT N° 5037/09, las irregularidades fueron clasificadas como de carácter grave y muy grave. La suspensión se ampara en la Ley N° 16.463, que establece las condiciones para la comercialización y distribución de medicamentos en el territorio nacional.
La entidad colombiana recomendó a la población del país sudamericano estar atenta a las recomendaciones de las autoridades.
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