La suba mensual entre enero y abril no podrá superar el 4%, mientras que desde mayo hasta agosto el tope será del 3% por mes.

El Gobierno fijó topes a los nuevos aumentos mensuales de AySA
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La central sostuvo que la sentencia “carece de todo fundamento” y anticipó que recurrirá a la Corte y a organismos internacionales.

La Confederación General del Trabajo avanzó contra el fallo que reactivó la reforma laboral y presentó la recusación de los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, al tiempo que solicitó la nulidad de la sentencia dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
El planteo, firmado por el abogado Pablo Topet, sostiene que ambos magistrados incurrieron en prejuzgamiento y cuestiona especialmente la intervención de Pesino. Según la central sindical, el juez habría recibido “un beneficio de importancia por parte del Estado Nacional” mientras se analizaba un pedido para extender su permanencia en el cargo más allá del límite de 75 años establecido por la Constitución, lo que —afirman— compromete su imparcialidad.
“La resolución que se recurre carece de todo fundamento”, señalaron desde la CGT, y calificaron la actuación como “una conducta contraria a la ética”. En esa línea, consideraron que existen motivos suficientes para apartar a los jueces y revisar la decisión que dejó sin efecto la medida cautelar que suspendía cerca de 80 artículos de la reforma.
La central también cuestionó el contenido del fallo al advertir que no se precisó qué disposiciones debían entrar en vigencia. “Omisión y prejuzgamiento confluyen en la descalificable sentencia”, plantearon, y subrayaron que los derechos laborales tienen “naturaleza alimentaria”, por lo que, a su criterio, se desatendió la situación de los trabajadores.
Además, denunciaron que la resolución se adoptó sin permitir su participación en el proceso y reclamaron que el expediente sea tratado por otra sala. En ese marco, dejaron planteado el caso federal para recurrir ante la Corte Suprema y anticiparon que impulsarán presentaciones ante la Organización Internacional del Trabajo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La suba mensual entre enero y abril no podrá superar el 4%, mientras que desde mayo hasta agosto el tope será del 3% por mes.
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