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Casación reconoció que la mujer sufrió "un acto de discriminación" y la absolvió de los dos cargos en su contra.

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal revocó un fallo de primera instancia y absolvió a Mariana Gómez de los cargos de lesiones leves y desacato a la autoridad, por los que había sido condenada 2019, en un fallo que fue denunciado por organizaciones de Derechos Humanos como lesbofóbico.
La última decisión de Casación reconoció que Gómez sufrió "un acto de discriminación" por lo que "ella tenía derecho a defenderse ya que no esta obligada a soportar ese acto".
Mariana Gómez fue condenada en 2019 a un año de prisión por resistencia a la autoridad y lesiones leves contra dos efectivos de la Policía de la Ciudad que la increparon por fumar mientras se besaba con su pareja en un espacio semiabierto.
El 2 de octubre de 2017 Mariana acompañó a Rocío Girat, su pareja, a tomar un transporte en la estación de Constitución. Como llovía se resguardaron en el ingreso de la terminal de subtes, junto a otras personas que -al igual que ellas- charlaban y fumaban. Sin embargo, sólo Mariana fue increpada por un agente de la Policía de la Ciudad, Jonatan Rojo, acompañado por la oficial Karen Villarroel.
Cuando Mariana quiso retirarse, el oficial Rojo se dirigió a ella en masculino e intentó detenerla por la fuerza. "Es difícil probar un acto de discriminación pero en este caso los videos muestran que toda la gente se paró y observó que la estaban maltratando y ofrecieron su testimonio, pero la jueza de primera instancia no lo valoró así y consideró que esos testimonios eran sesgados", dijo el abogado defensor Lisandro Teskiewicz a Télam.
El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) acompañó la apelación como amicus curiae. En su presentación, Emiliano Montini, representante de la Dirección de Asuntos Juridicos, consideró que Mariana Gómez fue víctima de violencia institucional, no sólo por parte de las fuerzas policiales, sino también por el accionar judicial, reflejado en los distintos actos del procedimiento y, sobre todo, en la decisión cuestionada en donde se descartaron dos testimonios que favorecían a la justicia.
"Estamos muy contentos con este fallo, ya que durante estos cuatro años en los que Mariana se sometió a este proceso judicial sufrió mucho, perdió muchos trabajos pero ella quería probar su inocencia y no aceptó ninguna probation", expresó el letrado.
"El fallo es muy importante para toda la comunidad LGBTQ, porque Casación reconoce que hubo un acto de discriminación, tanto del oficial de justicia como del empelado de Metrovías y la jueza de primera instancia que la condenó hizo valoración de la prueba que continuó con esa discriminación", continuó.
Para los jueces "la orden de detención del oficial de Policía contra Mariana tiene su origen en un acto de discriminación por lo que ella tenía derecho a defenderse ya que no esta obligada a soportar ese acto".
"Esta parte del fallo es fundamental ya que no sólo habla de Mariana y Roció sino de todes les habitantes que no estamos obligados a soportar que nos discriminen, por eso Mariana tuvo derecho a resistirse".

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