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Pymes: Extienden vigencia de líneas de crédito subsidiadas para inversión productiva

El Banco Central también prorrogó la vigencia de la Comunicación "A 7030" y sus actualizaciones, pero introdujo modificaciones para simplificar su cumplimiento.

Pymes: Extienden vigencia de líneas de crédito subsidiadas para inversión productiva

Este jueves, el Banco Central (BCRA) dispuso prorrogar hasta el 30 de junio la vigencia de las líneas de financiamiento para inversión productiva de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes). Las empresas podrán seguir solicitando créditos con una tasa de interés subsidiada del 30% para la adquisición de bienes de capital y del 35% para el caso del financiamiento del capital de trabajo.

La normativa vigente establece que los bancos deben mantener un monto disponible para estas líneas equivalente al 7,5% de sus depósitos del sector privado no financiero en pesos. Por otra parte, el BCRA también prorrogó hasta el 30 de junio la vigencia de la Comunicación "A 7030" y sus actualizaciones, pero introdujo modificaciones para simplificar su cumplimiento.

En ese sentido, la autoridad monetaria permitirá la posibilidad de aplicar la prefinanciación de exportaciones con créditos externos para la importación de bienes de capital a insumos requeridos en procesos de elaboración de bienes exportables y hasta 50% para la compra de bienes de consumo interno. Además, se simplificará el cumplimiento para los importadores que ingresan a través de los canales de Solicitud Particular o Courier.

La Comunicación 7030 establece que empresas con fondos declarados en el exterior deberán disponer "primeramente de esos recursos para el pago de obligaciones comerciales con el exterior" antes de poder comprar divisas en la plaza local. También restringe el acceso a las empresas que hubieran realizado operaciones de compra venta de dólares a través del mercado bursátil (contado con liquidación y dólar MEP) en los últimos 90 días.

En diciembre último, el Banco Central había flexibilizado la normativa al permitir que aquellas empresas que requirieran importar bienes para incrementar la capacidad productiva de exportación, pudieran usar la totalidad de los ingresos de anticipos y prefinanciaciones del exterior con un plazo mínimo de 180 días corridos, para pagos anticipados de bienes de capital.

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